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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1147679  por leana1991
 
Buen Día queridos colegas, es mi primera vez escribiendo en este portal y la verdad es que me llena de orgullo poder formar parte de esto. Me recibí a fin del año pasado y estoy dando mis primero pasos dentro de la profesión. Quería consultarles respecto del siguiente caso a ver si me pueden dar una mano; Tengo un cliente al cual lo echaron del trabajo despúes de haber trabajado un año y medio en negro cobrando 6000 pesos, el CCT aplicable a su actividad determinaba que el salario debía ser de 15.433. Quisiera saber si la siguiente liquidación esta completa, si hay rubros que se me están escapando o estan sobrando. les agradezco enormemente su ayuda.

PAUTAS A TENER EN CUENTA:

Fecha de ingreso: 1/2/2016
Fecha de despido: 15/6/2016

La empresa me pagaba en efectivo cada mes en concepto de remuneración la suma de $6000 pesos. El convenio colectivo de trabajo que me era aplicable índica en su ART 6 que según la función que yo cumplía en la empresa yo era un OPERARIO DE CATEGORIA "A", por lo que yo mediante mi trabajo devengaba la suma $15.433 por mes, de los cuales solamente se me pagaron $6000 cada mes.
La suma de las diferencias salariales que me corresponden por los 16 meses trabajados ascienden a $150.928
Indemnización por despido o antigüedad.........................................$30.866
Indemnización sustitutiva de Preaviso.............................................$15.433
Integración de mes de despido..................................................... $15.433
SAC devengado hasta la fecha en la que fui despedido......................... $ 7.716
Vacaciones proporcionales.......................................................... $ 6.969
Ley 25.345, art. 43 (art. 132 bis LCT)..............................................$ 7000
Ley 25.345, art. 45 (art. 80 LCT)................................................... $46.299
Ley 25.323, art. 1..................................................................... $30.866
Ley 24013, art. 8....................................................................... $61.732
 #1147721  por santiheladero
 
la indemnización del art 8 de la 24013 no es acumulable con la del art 1 de la 25323. Corresponde reclamar esta ultima. y faltarianlos días trabajados y el SAC sobre las vacaciones, preaviso e integración. Y en provincia también podes reclamra el sac proporcional a la antigüedad.
 #1147724  por santiheladero
 
santiheladero escribió:la indemnización del art 8 de la 24013 no es acumulable con la del art 1 de la 25323. Corresponde reclamar esta ultima. y faltarianlos días trabajados y el SAC sobre las vacaciones, preaviso e integración. Y en provincia también podes reclamra el sac proporcional a la antigüedad.
si durante la relación intimaste por el art 8 , entonces corresponde excluir la de la 25323
 #1147966  por dramnj
 
Esta tambien reclamala

INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE LA INDEMNIZACION (art. 2) El art. 2 de la ley 25323 establece un incremento del 50 % en las indemnizaciones previstas por los arts. 232, 233 y 245 de la LCT. -indemnización sustitutiva del preaviso, integración del mes de despido e indemnización por antigüedad- y arts. 6 y 7 de la ley 25013 -preaviso e indemnización por antigüedad- (o las que en el futuro las reemplacen), cuando el empleador fehacientemente intimado por el trabajador no las pagare y, consecuentemente, lo obligare a iniciar acciones judiciales o cualquier instancia previa de carácter obligatorio (por ejemplo, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el SECLO.
 #1148052  por DRA. MACA
 
leana1991 escribió:Buen Día queridos colegas, es mi primera vez escribiendo en este portal y la verdad es que me llena de orgullo poder formar parte de esto. Me recibí a fin del año pasado y estoy dando mis primero pasos dentro de la profesión. Quería consultarles respecto del siguiente caso a ver si me pueden dar una mano; Tengo un cliente al cual lo echaron del trabajo despúes de haber trabajado un año y medio en negro cobrando 6000 pesos, el CCT aplicable a su actividad determinaba que el salario debía ser de 15.433. Quisiera saber si la siguiente liquidación esta completa, si hay rubros que se me están escapando o estan sobrando. les agradezco enormemente su ayuda.

PAUTAS A TENER EN CUENTA:

Fecha de ingreso: 1/2/2016
Fecha de despido: 15/6/2016

La empresa me pagaba en efectivo cada mes en concepto de remuneración la suma de $6000 pesos. El convenio colectivo de trabajo que me era aplicable índica en su ART 6 que según la función que yo cumplía en la empresa yo era un OPERARIO DE CATEGORIA "A", por lo que yo mediante mi trabajo devengaba la suma $15.433 por mes, de los cuales solamente se me pagaron $6000 cada mes.
La suma de las diferencias salariales que me corresponden por los 16 meses trabajados ascienden a $150.928
Indemnización por despido o antigüedad.........................................$30.866
Indemnización sustitutiva de Preaviso.............................................$15.433
Integración de mes de despido..................................................... $15.433
SAC devengado hasta la fecha en la que fui despedido......................... $ 7.716
Vacaciones proporcionales.......................................................... $ 6.969
Ley 25.345, art. 43 (art. 132 bis LCT)..............................................$ 7000
Ley 25.345, art. 45 (art. 80 LCT)................................................... $46.299
Ley 25.323, art. 1..................................................................... $30.866
Ley 24013, art. 8....................................................................... $61.732
Sos abogada o particular? Porque decís que la empresa te pagaba :?: