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  • 24476 ("LIBRE DE DUEDA") YA CANCELADO

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1148298  por benfer
 
Buen dia colegas, tengo que iniciar una jubilacion estos dias, con prorrateo de edad; la persona ya cancelo toda la deuda por moratoria 24476 ,en su momento pusimos "libre de deuda"; ¿en este caso que ya esta cancelado, podre llevar las impresiones de este SICAM? o tendre que dar de baja en AFIP y liquidar de nuevo como Jubilacion ??? (con lo cual debere comprar algun mes mas para generar deuda ya que sino me quedara en 0 y no me permitira enviar el plan) ¿que opinan
 #1148302  por MARIO1943
 
benfer escribió:Buen dia colegas, tengo que iniciar una jubilacion estos dias, con prorrateo de edad; la persona ya cancelo toda la deuda por moratoria 24476 ,en su momento pusimos "libre de deuda"; ¿en este caso que ya esta cancelado, podre llevar las impresiones de este SICAM? o tendre que dar de baja en AFIP y liquidar de nuevo como Jubilacion ??? (con lo cual debere comprar algun mes mas para generar deuda ya que sino me quedara en 0 y no me permitira enviar el plan) ¿que opinan
Si lo hicictes como libre deuda, lo genes que tramitar en AFIP el reconocimiento
Como todavía esta vigente la 24476 , no le daría la baja , lo liquido por ka 24241 y además no me van a exigir el socioeconómico, que en cualquier momento por la 24476, lo van a empezar a solicitar el socioeconómico.
 #1148304  por benfer
 
MARIO1943 escribió:
benfer escribió:Buen dia colegas, tengo que iniciar una jubilacion estos dias, con prorrateo de edad; la persona ya cancelo toda la deuda por moratoria 24476 ,en su momento pusimos "libre de deuda"; ¿en este caso que ya esta cancelado, podre llevar las impresiones de este SICAM? o tendre que dar de baja en AFIP y liquidar de nuevo como Jubilacion ??? (con lo cual debere comprar algun mes mas para generar deuda ya que sino me quedara en 0 y no me permitira enviar el plan) ¿que opinan
Si lo hicictes como libre deuda, lo genes que tramitar en AFIP el reconocimiento
Como todavía esta vigente la 24476 , no le daría la baja , lo liquido por ka 24241 y además no me van a exigir el socioeconómico, que en cualquier momento por la 24476, lo van a empezar a solicitar el socioeconómico.[/quote


Hola Mario, pedoname, ¿decis que solicite un reconocimiento en AFIP?? que tipo de tramite es ese?
Y otra, asi como esta, (plan cancelado pero vigente), ¿el sistema me va a permitir liquidar por 24241 (no quiero tocar nada por las dudas)?
 #1148361  por MARIO1943
 
PERDON , NO TE TENES QUE TRAMITAR EL RECONOCIMIENTO EN AFIP, SI NO LA BAJA CON FORMULARIO MULTINOTA, CUANDO VOS ENVIAS EL PLAN, TE SALE LA SIGUIENTE LEYENDA,

En esta pantalla Ud. procederá a finalizar la confección del plan y podrá enviar la información para su posterior proceso. Una vez que ha sido remitido el plan no podrá ser modificado.
Si luego de finalizar el proceso pretende modificar cualquiera de los datos enviados, tendrá la opción de solicitar el rechazo del plan, de acuerdo con lo siguiente:
- Si Ud. está en condiciones de obtener un beneficio jubilatorio (y ha marcado tal opción al solicitar la determinación de deuda) deberá concurrir a cualquier UDAI de ANSES para solicitar que le rechacen el plan.
- Si en "Prestación Solicitada" del Liquidador Ud. ha marcado "Otros Libre Deuda" porque no está en condiciones de solicitar una prestación previsional, debe presentar un formulario Multinota en la agencia en la que se encuentra inscripto para que la presentación sea rechazada.
 #1148390  por benfer
 
Pero si yo doy de baja este plan (ya cancelado) voy a tener que hacer uno exactamente igual por 24476 que diga "jubilacion" y que me va a quedar en 0 .Por tanto no lo voy a poder enviar salvo que compre mas años. No entiendo la logica del procedimiento
 #1148391  por dani64
 
benfer escribió:Pero si yo doy de baja este plan (ya cancelado) voy a tener que hacer uno exactamente igual por 24476 que diga "jubilacion" y que me va a quedar en 0 .Por tanto no lo voy a poder enviar salvo que compre mas años. No entiendo la logica del procedimiento
Tenes que liquidarlo en una cuota y te va a preguntar si imputas los pagos realizados.
Le tildas si, te queda un saldo a favor y podes enviar el plan.
 #1148394  por MARIO1943
 
benfer escribió:Pero si yo doy de baja este plan (ya cancelado) voy a tener que hacer uno exactamente igual por 24476 que diga "jubilacion" y que me va a quedar en 0 .Por tanto no lo voy a poder enviar salvo que compre mas años. No entiendo la logica del procedimiento
Para que queres enviar el plan por la 24476, te pueden pedir el socioeconomico, solicitas la baja del plan en afip, liwuidalo de nuevo por la ley 24241, inicias el beneficio y no te pueden pedir el socioieconomico ,si bien es cierto hasta ahora no lo están pidiendo, pero esta establecido que lo van a solicitar
 #1148430  por benfer
 
MARIO1943 escribió:
benfer escribió:Pero si yo doy de baja este plan (ya cancelado) voy a tener que hacer uno exactamente igual por 24476 que diga "jubilacion" y que me va a quedar en 0 .Por tanto no lo voy a poder enviar salvo que compre mas años. No entiendo la logica del procedimiento
Para que queres enviar el plan por la 24476, te pueden pedir el socioeconomico, solicitas la baja del plan en afip, liwuidalo de nuevo por la ley 24241, inicias el beneficio y no te pueden pedir el socioieconomico ,si bien es cierto hasta ahora no lo están pidiendo, pero esta establecido que lo van a solicitar

Ya me dieron la baja, cuando liquido por 24241 sigue apareciendo la deuda (de todas formas no creo que se pueda aplicar esta ley para un caso en que no tiene inscripcion;), el tema que ahora cuando liquido por 24476 "jubilacion" me da 0 aunque compre demas, tengo un saldo a favor muy grande pareciera. Se podra llevar un plan 24476 sin enviar? creeria que no
 #1148447  por Emma2011
 
benfer escribió:
MARIO1943 escribió:
benfer escribió:Pero si yo doy de baja este plan (ya cancelado) voy a tener que hacer uno exactamente igual por 24476 que diga "jubilacion" y que me va a quedar en 0 .Por tanto no lo voy a poder enviar salvo que compre mas años. No entiendo la logica del procedimiento
Para que queres enviar el plan por la 24476, te pueden pedir el socioeconomico, solicitas la baja del plan en afip, liwuidalo de nuevo por la ley 24241, inicias el beneficio y no te pueden pedir el socioieconomico ,si bien es cierto hasta ahora no lo están pidiendo, pero esta establecido que lo van a solicitar

Ya me dieron la baja, cuando liquido por 24241 sigue apareciendo la deuda (de todas formas no creo que se pueda aplicar esta ley para un caso en que no tiene inscripcion;), el tema que ahora cuando liquido por 24476 "jubilacion" me da 0 aunque compre demas, tengo un saldo a favor muy grande pareciera. Se podra llevar un plan 24476 sin enviar? creeria que no
Y si le cambias a algunos períodos la categoría por una mas alta?... :roll:
 #1148450  por MARIO1943
 
No le conviene cambiar de categoría, mientras mas periodo compre con la mínima le va a favorecer, por el incremento del 1,5 %, sobre el excedente de los 30 años

Lo que no entiendo como van a pedir un libre deuda, si no están inscripto, además pedir un libre deuda de algo que no existe
 #1148616  por benfer
 
dani64 escribió:
benfer escribió:Pero si yo doy de baja este plan (ya cancelado) voy a tener que hacer uno exactamente igual por 24476 que diga "jubilacion" y que me va a quedar en 0 .Por tanto no lo voy a poder enviar salvo que compre mas años. No entiendo la logica del procedimiento
Tenes que liquidarlo en una cuota y te va a preguntar si imputas los pagos realizados.
Le tildas si, te queda un saldo a favor y podes enviar el plan.

Gracias dani, fue tal como dijiste, pense que si no habia deuda no se podia mandar el plan; pero en este caso, al estar cancelada, el sistema lo permitio. Gracias a todos
 #1148652  por benfer
 
MARIO1943 escribió:que plan vas a enviar si no hay deuda. el sistema no te lo permite. para enviar el pkan . tiebe que haber spdeuda

Estimado MARIO , en vez de afirmar -y sin negar siempre tu gran ayuda- podrias consultarme que me sucedió asi comento el caso. El plan fue enviado perfectamente, tal como dijo la forista dani64 en este post: se liquido en una sola cuota y el sistema imputo los pagos ya realizados; tengo el Acuse de recibo y formulario 159.- EL SISTEMA PERMITIO EL ENVIO DEL PLAN EN ESTE CASO. Cuento mi experiencia por si a alguien le sucede algo similar. Saludos!