Hola colegas
Un administrador de edificio de un dia para el otro informa que va a renunciar a su mandato, entiendo que puede hacerlo ahora mi duda es no deberia convocar a una asamblea para render cuentas de su mandato y entregar la documentacion ? o como debe instrumentarse la renuncia? no debe informar fehacientemente de la misma? o de acuerdo al art 2067 puede renunciar y tiene 15 dias habiles para para entregar documentacion y rendir cuenta. No estaria faltando a su deber de administrador?
Por otro lado si no lo hiciere el consorcio podria reclamarle por CD la rendicion de cuentas y en caso q no lo hiciera iniciar accion judicial?
Un administrador de edificio de un dia para el otro informa que va a renunciar a su mandato, entiendo que puede hacerlo ahora mi duda es no deberia convocar a una asamblea para render cuentas de su mandato y entregar la documentacion ? o como debe instrumentarse la renuncia? no debe informar fehacientemente de la misma? o de acuerdo al art 2067 puede renunciar y tiene 15 dias habiles para para entregar documentacion y rendir cuenta. No estaria faltando a su deber de administrador?
Por otro lado si no lo hiciere el consorcio podria reclamarle por CD la rendicion de cuentas y en caso q no lo hiciera iniciar accion judicial?
