Quería saber sobre sus opiniones sobre si existe o no vinculo laboral entre los integrantes de un órgano societario (Presidente, Tesorero, Secretarios, Revisor de Cuentas del Organo de Fiscalización etc), y una asociación civil....mi opinión es claramente NO porque por hay la falta de estabilidad (son electos y tienen plazo de duración en el cargo), y porque expresan la voluntad societaria no existiendo subordinación jurídica, ello sin perjuicio porque la IGJ tiene como principio, salvo denuncia, el no ser remunerados....entre otras para no aburrir...agradezco opiniones...Saludos!
Dr. Claudio