sherwood escribió: ↑Lun, 07 Oct 2013, 20:43 hola foristas, retomo este post... queria saber, me regularon honorarios, lleno el formulario de iibb R114 V2 para pagar en bco prov... pero el mes que viene seguro que tengo que hacer la ddjj mensual y alli tendre que declarar estos honorarios verdad?
suelo usar el aplicativo y poner todo en cero... queria saber, ya que si en MONTO IMPONIBLE, coloco 2500, me surge una ddjj que tengo que pagar... como es esto, se paga por los dos lados? es decir, por el formulario r 114 v2 y por la ddjj mensual?
muchas gracias
alejandra01 escribió: ↑Mar, 15 Ago 2017, 14:03 Buenas tardes. Buscando información encontré éste post pero se usaba el SIAP. y ha cambiado ésto.Yo lo que hago, informo a mi contador y me lo soluciona.
Pero el problema es el mismo. Si pago los ingresos brutos con el Formulario R-114 V2 de Arba, como lo deduzco de mis ddjj para no tener que pagarlo de nuevo? no creo que deba pagar dos veces...
agradezco la info...saludos
sherwood escribió: ↑Lun, 07 Oct 2013, 20:43 hola foristas, retomo este post... queria saber, me regularon honorarios, lleno el formulario de iibb R114 V2 para pagar en bco prov... pero el mes que viene seguro que tengo que hacer la ddjj mensual y alli tendre que declarar estos honorarios verdad?
suelo usar el aplicativo y poner todo en cero... queria saber, ya que si en MONTO IMPONIBLE, coloco 2500, me surge una ddjj que tengo que pagar... como es esto, se paga por los dos lados? es decir, por el formulario r 114 v2 y por la ddjj mensual?
muchas gracias
alejandra01 escribió: ↑Mar, 15 Ago 2017, 14:03 Buenas tardes. Buscando información encontré éste post pero se usaba el SIAP. y ha cambiado ésto.
Pero el problema es el mismo. Si pago los ingresos brutos con el Formulario R-114 V2 de Arba, como lo deduzco de mis ddjj para no tener que pagarlo de nuevo? no creo que deba pagar dos veces...
agradezco la info...saludos
sherwood escribió: ↑Lun, 07 Oct 2013, 20:43 hola foristas, retomo este post... queria saber, me regularon honorarios, lleno el formulario de iibb R114 V2 para pagar en bco prov... pero el mes que viene seguro que tengo que hacer la ddjj mensual y alli tendre que declarar estos honorarios verdad?
suelo usar el aplicativo y poner todo en cero... queria saber, ya que si en MONTO IMPONIBLE, coloco 2500, me surge una ddjj que tengo que pagar... como es esto, se paga por los dos lados? es decir, por el formulario r 114 v2 y por la ddjj mensual?
muchas gracias
LegalSocietario escribió: ↑Mié, 04 Oct 2017, 08:06 si te retienen por depósitos bancarios es porque algo tenés mal... 2% es mucho para no decir afano.Soy de ARBA, se que debo pagar el 3,5% del total de ingresos, pero aparte que lo descuentan directamente en caso de honorarios, cada vez que transfieren cualquier ingresos a mi cuenta bancaria me retiene por el mismo concepto el 2%.
Son de ARBA? No son de CABA u otra provincia?
Decile a tu contador que se ponga las pilas y que haga los trámites que tenga que hacer. Como es tu plata, mucho no se mueve.... Total lo informa en la DDJJ y no es así...
Hay un trámite para reducir la alícuota de reetnción.
LegalSocietario escribió: ↑Mié, 04 Oct 2017, 08:06 Hay un trámite para reducir la alícuota de reetnción.no es tan facil como lo decis, primero si fuera de Pcia de bs as si no tenes 3 meses de saldo a favor NI TE ATIENDEN el reclamo porque la reglamentacion asi lo plantea, si fuera de caba tenes que fundar tu reclamo, si no supera lo que te retienen a lo que pagas no te lo van a aprobar y suponiendo que lo atiendan yo tuve reclamos que para que se resuelva tardaron 6 meses.
drafrias escribió: ↑Lun, 02 Oct 2017, 10:24 Voy a cobrar honorarios a traves de transferencia de la cuenta judicial de bco. pcia. por lo tanto me van a hacer la retencion del 3,5% de IIBB y a parte cuando me lo pasen a mi cuenta, me hacen, otra vez, el descuento de 2% de IIBB. Como evito la doble imposicion?tenes que tener como minimo 3 meses seguidos de saldo a favor para que puedas plantearlo administrativamente en arba sin eso no te toman el reclamo. Luego de eso arba tiene 1 mes para expedirse y resolver el caso, saludos.
Se que se puede tomar a cuenta, porque de hecho el contador cuando me liquida, toma lo del mes anterior; pero hace como 4 meses que vengo con pagos a cuenta, tampoco quiero pagar de mas aunque despues lo pueda descontar.
Si alguien sabe si debo hacer algun tramite les agradezco, en ARBA Quilmes, la persona que me atendio no sabia nada. Gracias.
Sephirot12 escribió: ↑Vie, 06 Oct 2017, 10:58Pero la colega dice que viene desde hace tiempo con saldo a favor...LegalSocietario escribió: ↑Mié, 04 Oct 2017, 08:06 Hay un trámite para reducir la alícuota de reetnción.no es tan facil como lo decis, primero si fuera de Pcia de bs as si no tenes 3 meses de saldo a favor NI TE ATIENDEN el reclamo porque la reglamentacion asi lo plantea, si fuera de caba tenes que fundar tu reclamo, si no supera lo que te retienen a lo que pagas no te lo van a aprobar y suponiendo que lo atiendan yo tuve reclamos que para que se resuelva tardaron 6 meses.
drafrias escribió: ↑Mié, 04 Oct 2017, 16:18Se que hay un trámite que hay que hacer. Te sacan o te bajan la alicuota.LegalSocietario escribió: ↑Mié, 04 Oct 2017, 08:06 si te retienen por depósitos bancarios es porque algo tenés mal... 2% es mucho para no decir afano.Soy de ARBA, se que debo pagar el 3,5% del total de ingresos, pero aparte que lo descuentan directamente en caso de honorarios, cada vez que transfieren cualquier ingresos a mi cuenta bancaria me retiene por el mismo concepto el 2%.
Son de ARBA? No son de CABA u otra provincia?
Decile a tu contador que se ponga las pilas y que haga los trámites que tenga que hacer. Como es tu plata, mucho no se mueve.... Total lo informa en la DDJJ y no es así...
Hay un trámite para reducir la alícuota de reetnción.
Sabes como solucionarlo?
LegalSocietario escribió: ↑Vie, 06 Oct 2017, 17:19si tiene saldo el contador tkene que solicitarle la reduccion de alicuota en caba a fin de que se lo aprueben igualmente estan tardando mucho asique lo mejor es hacerlo con tiempoSephirot12 escribió: ↑Vie, 06 Oct 2017, 10:58Pero la colega dice que viene desde hace tiempo con saldo a favor...LegalSocietario escribió: ↑Mié, 04 Oct 2017, 08:06 Hay un trámite para reducir la alícuota de reetnción.no es tan facil como lo decis, primero si fuera de Pcia de bs as si no tenes 3 meses de saldo a favor NI TE ATIENDEN el reclamo porque la reglamentacion asi lo plantea, si fuera de caba tenes que fundar tu reclamo, si no supera lo que te retienen a lo que pagas no te lo van a aprobar y suponiendo que lo atiendan yo tuve reclamos que para que se resuelva tardaron 6 meses.
A mi me están sacando 0,75%.