Buenas noches, colegas, les escribo para conocer su opinión respecto de un caso. Mi clienta manda telegrama intimando a la regularización de la relación laboral (varios reclamos, horas extras, diferencias salariales, 24013, etc) durante su periodo de licencia por maternidad, se lleva el telegrama pero lo manda varios días después de nacer su hijo. Obviamente no me lo comenta. La empleadora no contesta el telegrama, por lo que tengo que esperar que se cumplan los 30 días para que se considere despedida, antes del vencimiento de ese plazo, vence la licencia por maternidad por lo que a los dos días de vencido mandan carta documento rechazando el telegrama y diciendo que la empleada hizo opción tácita del art. 186 aplicando la compensación del art. 183. El tema es que esta compensación es mucho menor a lo que daría el despido indirecto, por lo que yo quiero seguir con el despido indirecto y ante su rechazo a los reclamos efectuados durante el periodo de licencia considerarse despedida. Ahora, me tendría que mantener en la ley 24013 siguiendo el argumento de que los reclamos fueron efectuados durante la licencia por maternidad?? Rechazar también la opción tácita con la compensación del art 183? O rechazo la compensación y reclamo por ley 25323, teniendo como extinguido la relacion laboral? En todo caso, es viable rechazar la compensación e ir x el despido indirecto? Estoy un poco apurada con los tiempos ya que tengo que contestar esta carta documento.-
Me interesaría saber sus opiniones de cómo seguir el caso, desde ya muchas gracias por las opiniones!!
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