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 #1149138  por ursula1980
 
Hola a todos, es la primera vez que participo del foro, y quiero pedir ayuda dado que ha venido al estudio un caso del que tengo dudas si corresponde presentar un amparo, el tema es así; una señora, desde hace más de 5 años reside en un geriátrico, que abona su hijo, la señora está en un estado bastante crítico dado que tuvo, hace poco tiempo, un ACV. El tema es que su hijo, quien abona el costo del geriátrico, ya no puede solventarlo, pero simultáneamente con la imposibilidad de pagarlo, se enteró que la pre paga que tiene contratada para su madre desde mas de 10 años, tiene en su cartilla al geriátrico en cuestión, en julio se intimó a la prepaga para que se haga cargo pero rechazó la misma aduciendo que no correspondía. la pregunta es, es viable presentar una acción de amparo ?. Muchas gracias.
 #1149141  por DRA. MACA
 
Si es así como decís que está incluído en su plan vería viable iniciar el amparo.
 #1149172  por Avct
 
Fijate si puede tramitar certificado de discapacidad, eso te va a servir para que la senora tenga mas leyes que la amparan. Por que aducen que no corresponde ? Ojo con los plazos. Saludos y exitos
 #1149185  por DRA. MACA
 
Si, pero el tramite del certificado lleva muchos meses y mientras tanto? Por eso es mas viable que haga el amparo, previamente envia carta documento a la obra social, si bien no es requisito obligatorio para agotar la vía administrativa, es de buena práctica hacerlo.
 #1149196  por Avct
 
Queda a tu criterio como manejarte con el tema del certificado, es una lástima no tenerlo por que eso obliga muchisimo mas a la prepaga/obra social/ mutual, etc a cumplir. Ya estamos por entrar en Septiembre, así que asumo que ese mes va a tener que abonar tu cliente, pensa si no te conviene aprovechar esto y tomarte el mes para tramitar el certificado e intimar a la prepaga y lo metes volando finalizando septiembre o empezando octubre con cautelar incluida.

Salvo que inicies asi como esta el amparo y puedas despues incluir como hecho nuevo cuando obtengas el certificado (si es que eventualmente optas por tramitarlo) ¿¿??

La jurisprudencia entiende que una institucion de las caracteristicas de la que necesita la madre de tu cliente es una cobertura de tercer nivel, prestación a la que las prepagas están obligadas de conformidad con la ley nº 24901 (por eso para mi es importante el certificado).