Estimados Colegas, los molesto por lo siguiente, mi clienta esta separada de hecho desde hace 10 años, el esposo falleció, a la luz del nuevo código, ella perdió la vocación hereditaria aunque no haya decisión judicial, osea no hay separación personal decretada ni nada, y tampoco puedo considerar gananciales los bienes adquiridos por el marido después de la separación no?, les pregunto por que no quiero asesorarla mal, ya que yo creo que es así, pero obviamente puedo estar equivocada. Gracias.- (si es por cuestión de prueba ella vive en otra provincia y tiene un hijo con otra pareja)