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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1149339  por Fede Gonza
 
¿Qué eficacia tiene la nota electrónica? ¿Puede haber alguna resolución que figure en el expediente en papel y que no esté cargada a la web que pueda quedar notificada ministerio ley? ¿La nota electrónica suple completamente a la nota en el cuaderno de notas? ¿Los magistrados están obligados a cargar los proveidos y resoluciones en el expediente electrónico? Gracias :)
 #1149372  por Martincho7
 
Es bastante al cuete... tal vez una contestacion de oficio, a la que provean tienese presente y hagase saber. Y que te podes comer la oportunidad de pedir un ampliatorio o cuestionar lo que respondieron.
Saludos,
Martin
 #1149374  por andresxeneizes
 
hay algunos juzgados que tienen la mala costumbre de poner una fecha anterior a los autos que sacan, esto lo veo desde siempre, ponele resuelven algo mañana y te lo sacan con fecha del jueves, por ese lado es que la nota electronica pudiera tener alguna funcion util.
tambien si bien es cierto que esta la obligacion de cargar todas las resoluciones, y los juzgados ahora cumplen con esto, no sea cosa que por una omision involuntaria tambien se olviden de cargar una, por ese lado tambien serviria la nota electronica.
 #1149390  por menita
 
Hola la nota electronica suple el libro de notas, hasta que no haya una real reforma legislativa en materia procesal, van a coexistir los dos sistemas -soporte papel y electronico-, pero la nota tiene el mismo valor. Si la nota no es impresa por el juzgado y ves alguna anomalia en el expediente podes pedir la auditoria dentro del expediente del sistema electronico y salta cuando dejaste la nota.- Tambien podes imprimir las pantallas de notas cada vez que dejas las mismas. Espero haber sido de utilidad, saludos cordiales