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  • Nuera viuda sin hijos

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 #1149340  por Pipi
 
Consulta... tengo que iniciar una sucesion... uno de los hijos de los causanes fallecio, estando casado pero sin dejar descendencia en el año 1986.
Por lo que lei, del nuevo codigo la nuera viuda ya no hereda no? debiendo hacer la sucesion de este hombre para que su parte se divida entre sus hermanos. Es asi? o al ser su fallecimiento en el año 1986 hereda su esposa?
Gracias!
 #1149351  por Pipi
 
Justamente no dice nada al respecto...
 #1149396  por abogado1987
 
Pipi escribió:Consulta... tengo que iniciar una sucesion... uno de los hijos de los causanes fallecio, estando casado pero sin dejar descendencia en el año 1986.
Por lo que lei, del nuevo codigo la nuera viuda ya no hereda no? debiendo hacer la sucesion de este hombre para que su parte se divida entre sus hermanos. Es asi? o al ser su fallecimiento en el año 1986 hereda su esposa?
Gracias!
Hola LW, entiendo que la vocación sucesoria de los herederos (y el código aplicable)
lo determina la fecha de fallecimiento del causante >

“San Isidro, .... de Septiembre de 2015. VISTOS LOS AUTOS: "....”, venidos a despacho en estado de dictar declaratoria de herederos.... Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 3410, 3545, 3565 y 3570 del anterior Código Civil (artículos 7°, 2337, 2424, 2426 y 2433 del actual Código Civil y Comercial, ley 26.994); arts. 735 y 737 del Código Procesal, y Ac. 966/40 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de ... le suceden en carácter de herederos sus hijos ... Juez.”
 #1149399  por georosario
 
Depende cuando falleció el causante. Si lo hizo antes de la entrada en vigencia del nuevo CCC, se aplica el Código anterior y por ende si hereda la nuera viuda sin hijos. Caso contrario se aplica el CCC por lo cual no heredaría. Saludos
 #1149404  por Pipi
 
Gracias!!!!!!
 #1149625  por SILVESTRE
 
georosario escribió:Depende cuando falleció el causante. Si lo hizo antes de la entrada en vigencia del nuevo CCC, se aplica el Código anterior y por ende si hereda la nuera viuda sin hijos. Caso contrario se aplica el CCC por lo cual no heredaría. Saludos

Exacto, ademas tene presente que eventualmente podrias pedir si es que te interesa la inconstitucionalidad de la vocación hereditaria de la nuera viuda sin hijos.-
saludos!!