HOLA a todos, pregunta :
tengo cliente sentenciado a pagar suma de dinero por juicio de accidente de transito, no hay liquidación aun porque recién termino, pero no tiene bienes.
Tengo dudas por el embargo, si la abogada del actor, practica liquidación, el juez ordena intimación de pago, no se paga porque no tiene dinero, (en realidad ofrecerá menos), puede pedir embargo por los bienes del domicilio(intimación de pago y embargo)? o se va directamente a la inhibición?
la duda: procede intimación de pago y embargo de bienes muebles allí mismo? aunque no se embargue nada, quiero preverlo.
porque si lo inhibe no le pagara nunca, ya que la idea es acercar un monto y listo, si se puede, pero tengo si pide embargo en el domicilio, tampoco hay bienes mas que los enseres domésticos y tiene un taller de reparaciones, asique las herramientas tampoco, porque son de trabajo.
ayuda please,
tengo cliente sentenciado a pagar suma de dinero por juicio de accidente de transito, no hay liquidación aun porque recién termino, pero no tiene bienes.
Tengo dudas por el embargo, si la abogada del actor, practica liquidación, el juez ordena intimación de pago, no se paga porque no tiene dinero, (en realidad ofrecerá menos), puede pedir embargo por los bienes del domicilio(intimación de pago y embargo)? o se va directamente a la inhibición?
la duda: procede intimación de pago y embargo de bienes muebles allí mismo? aunque no se embargue nada, quiero preverlo.
porque si lo inhibe no le pagara nunca, ya que la idea es acercar un monto y listo, si se puede, pero tengo si pide embargo en el domicilio, tampoco hay bienes mas que los enseres domésticos y tiene un taller de reparaciones, asique las herramientas tampoco, porque son de trabajo.
ayuda please,
