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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1149457  por villalbameugenia
 
Buenas noches colegas! Feliz día a todos! Les hago una consulta, es mi primer juicio laboral y se me ha complicado el tema del traslado de Demanda.-
Se presentó en Cba, contra empresa radicada en Buenos Aires y socio en Miami (último domicilio conocido en CABA). Se hizo el intercambio epistolar, nunca recibieron telegrama; por lo que notifiqué por el Ministerio de Trabajo a domicilio de Alta en Afip y el que surge de la Justicia Nacional Electoral. Por Ley 22.172 notifique a CABA la demanda, pero me volvieron las dos cédulas diciendo que allí dice no vivir la persona, etc.
Pedí al tribunal nueva audiencia de conciliación y que autorice a notificar edictos, pero tengo miedo de una ulterior nulidad.
Hasta ahora voy bien o debería tomar algún otro recaudo??
Desde ya, muchísimas gracias!
 #1149473  por fernando1983
 
Estimada, te hago un par de consultas:
a) Vas por el trabajador, cierto? El lugar de trabajo dónde era? Probaste notificar al lugar de trabajo?
b) Es sobre dos personas distintas por lo que veo, las dos son personas físicas? Si hay una que es persona jurídica yo pediría informe a la Inspección General de Justicia (o Dirección Provincia de Personas Jurídicas) para que informe último domicilio, y luego notificaría ahí en el domicilio "constituido" en base a lo dispuesto por el artículo 11, inc. 2 de la ley 19.550.
Saludos,
 #1149493  por villalbameugenia
 
Hola!! Gracias por a respuesta Doc! Si, voy por el trabajador! No hay lugar de trabajo, porque realizaba programación web desde la casa! Una es persona juridica y otra fisica (el único socio de la empresa y jefe).-