Colegas, les dejo una consulta: en caso de enfermedad o accidente laboral debo agotar la instancia administrativa siempre o con el primer dictamen de la comisión médica puedo comenzar la demanda con base en el art 46 LRT?
Es2009 escribió:Colegas, les dejo una consulta: en caso de enfermedad o accidente laboral debo agotar la instancia administrativa siempre o con el primer dictamen de la comisión médica puedo comenzar la demanda con base en el art 46 LRT?Ya está, anda sacando fecha de audiencia en el seclo.