Hola queridos colegas !!!!
Soy nuevo en esto (recién empezando a ejercer la profesion).
Estoy por mandar un telegrama por despido y queria saber si me podian dar su opinion con respecto al mismo ya que es la primera vez que hago uno
"Por la presente INTIMO a usted para que en el plazo de 48 horas a partir de la recepción de la presente, haga efectivo el pago de las indemnizaciones correspondientes a la antigüedad, sueldo anual complementario, vacaciones proporcionales no gozadas, y demás rubros que correspondan por Ley, con más la multa fijada por el artículo 1 de la Ley 25.323.
La relación laboral no se encontraba debidamente registrada y por ello denuncio mi real fecha de ingreso el 25/3/14, destacando que realizaba tareas de administrativo contable de Martes a Domingo de 09:30 a 17:30.
INTIMO a usted para que en el plazo de 48 horas a partir de la recepción de la presente, procedan a hacer efectivo el pago de los salarios adeudados, correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto del corriente año, conforme lo fija el Convenio Colectivo de Trabajo N° ..... de UTEDYC. Teniendo en cuenta que desde mi ingreso se me ha abonado un monto inferior al fijado por el Convenio Colectivo de Trabajo N° ..... de UTEDYC, INTIMO para que en el plazo de 48 horas proceda a abonar las diferencias salariales correspondientes."
Que les parece ??
Ademas quisiera agregar algo de las horas extras trabajadas y no abonadas
El caso es asi por si les sirve: empleado trabajando en negro desde un comienzo y hace 3 meses lo dieron de alta en blanco, pero le abonan media jornada en blanco (6000 aprox) cuando a el le corresponde (12000 aprox) entonces quiero encausar el despido por la 25323 y a su vez reclamar las diferencias salariales, horas extras, asi la indemnizacion se calcula con la escala salarial de utedyc de jornada completa y no con lo que a el le pagan.
Cualquier sugerencia quedo a su disposicion y desde ya muchas gracias !!!!
Soy nuevo en esto (recién empezando a ejercer la profesion).
Estoy por mandar un telegrama por despido y queria saber si me podian dar su opinion con respecto al mismo ya que es la primera vez que hago uno
"Por la presente INTIMO a usted para que en el plazo de 48 horas a partir de la recepción de la presente, haga efectivo el pago de las indemnizaciones correspondientes a la antigüedad, sueldo anual complementario, vacaciones proporcionales no gozadas, y demás rubros que correspondan por Ley, con más la multa fijada por el artículo 1 de la Ley 25.323.
La relación laboral no se encontraba debidamente registrada y por ello denuncio mi real fecha de ingreso el 25/3/14, destacando que realizaba tareas de administrativo contable de Martes a Domingo de 09:30 a 17:30.
INTIMO a usted para que en el plazo de 48 horas a partir de la recepción de la presente, procedan a hacer efectivo el pago de los salarios adeudados, correspondientes a los meses de Junio, Julio y Agosto del corriente año, conforme lo fija el Convenio Colectivo de Trabajo N° ..... de UTEDYC. Teniendo en cuenta que desde mi ingreso se me ha abonado un monto inferior al fijado por el Convenio Colectivo de Trabajo N° ..... de UTEDYC, INTIMO para que en el plazo de 48 horas proceda a abonar las diferencias salariales correspondientes."
Que les parece ??
Ademas quisiera agregar algo de las horas extras trabajadas y no abonadas
El caso es asi por si les sirve: empleado trabajando en negro desde un comienzo y hace 3 meses lo dieron de alta en blanco, pero le abonan media jornada en blanco (6000 aprox) cuando a el le corresponde (12000 aprox) entonces quiero encausar el despido por la 25323 y a su vez reclamar las diferencias salariales, horas extras, asi la indemnizacion se calcula con la escala salarial de utedyc de jornada completa y no con lo que a el le pagan.
Cualquier sugerencia quedo a su disposicion y desde ya muchas gracias !!!!