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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1149942  por lawyer2007
 
Yo no pienso tomar ni 1 solo caso de rep Historica (form aj 2.11)ni inscribirme ya publique un post avisando que ese nuevo registro que quieren implementar es ilegal y quieren borrar a los abogados por cualquier reclamo, y si firmas te atenés a un contrato privado no se si leyeron es un formulario de adhesión voluntaria, FORM AJ.2.11 ANSES dice "los abogados que soliciten la inscripción o pretendan renovar ....deberán observar las sig pautas..... " SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO POR LA LEY 17040 ?????? COMO ES ESTO....

DICE TAMBIEN EN EL PUNTO 8 QUE PUEDEN PROCEDER A LA BAJA DEL RESGISTO DE FORMA ARBITRARIA, UNILATERAL Y SIN LA NECESIDAD DE UNA DECISION JUDICIAL,

ES UN ABUSO COLEGAS POR OTRO LADO ME INFORMARON QUE SI NO TE ANOTAS NO TE PUEDEN QUITAR LA POSIBILIDAD DE HACER JUBILACIONES PORQUE TENEMOS SENTENCIA A FAVOR EN ESO PERO SI LO HACES TIENE TU FIRMA EN UN CONTRATO PREDISPUESTO.

Hoy me llamó un cliente y me dijo que queria que le vaya a firmar a anses la reparacion Historica y me dijo que muy alegremente la agente anses le dijo que nuestros honorarios los paga anses y que era muy facil solo ibamos a firmar y listo no le comenta que esto debe hacerce ante tribunales con homologacion judicial tampoco de que tiene gastos de bono etc... y tampoco de que es mi obligacion realizar un calculo para que sepa cuanto es que anses debe pagarle realmente. Yo le dije que esa decisión de anses es ilegal pues este organismo no tiene las facultades para fijarnos honorarios y que lamentablemente al no estar de acuerdo no iba a poder hacer el tramite. Creo que si todos hacemos lo mismo van a tener que pedirles a la corte que fije honorarios como corresponde colegas.
 #1149950  por lawyer2007
 
Resumiendo el Anses no tiene facultad para regular y establecer honorarios a los Abogados de la Matricula. Y si una ley nacional lo dicta y le da esa facultad debe ser pasible de demandas por inconstitucionalidad y falta de legitimación activa del organismo en la materia.
 #1150117  por guilleubaderecho
 
esta semana estuve en un estudio en el centro...y hablando con el jefe de ese lugar..me conto que queria hacer convenio privado con el cliente..sino ni ahi agarra un caso.
Yo por el momento el unico caso que supongo tomare es el de mi papá...veremos la propuesta de anses..que seguro no supera a la accion judicial! saludos!
 #1150156  por lawyer2007
 
guilleubaderecho escribió:esta semana estuve en un estudio en el centro...y hablando con el jefe de ese lugar..me conto que queria hacer convenio privado con el cliente..sino ni ahi agarra un caso.
Yo por el momento el unico caso que supongo tomare es el de mi papá...veremos la propuesta de anses..que seguro no supera a la accion judicial! saludos!
La verdad es que tenía pesado hacer solo RH de mis clientes, pues es un riesgo hacerlo con un cliente nuevo que no conocemos como es, esto en el caso de cobrarle pero la verdad es que me encuentro con que mis clientes vienen adoctrinados de anses con que no tiene que pagarnos nada, y que ellos nos pagan y los veo no muy convencidos de pagarnos ya vinieron varios y la verdad es mucho lío por chimangos, por mas acuerdo, no quita que quieran patalear y jodernos aún cuando les cobremos si las diferencias son baja a mi no me sirve esto prefiero colocar mi trabajo en otras cosas redituables.
 #1150194  por guilleubaderecho
 
Estoy de acuerdo con vos.
Hoy vino a casa una sra amiga de mis padres. Y me preg si quería tomar su caso porque entra en la RH. Y en tono desafiante me dice...los honorarios los abona Anses, así que safe de pagarle al letrado, vos me firmarías el acuerdo? Me contuve sino la mandaba a cagar.
Vienen adoctrinados de Anses. En fin veremos qué pasa.
 #1150333  por lawyer2007
 
guilleubaderecho escribió:Estoy de acuerdo con vos.
Hoy vino a casa una sra amiga de mis padres. Y me preg si quería tomar su caso porque entra en la RH. Y en tono desafiante me dice...los honorarios los abona Anses, así que safe de pagarle al letrado, vos me firmarías el acuerdo? Me contuve sino la mandaba a cagar.
Vienen adoctrinados de Anses. En fin veremos qué pasa.
A mi un cliente me hizo lo mismo, no lo acepté, lo mande a pasear a que se fije quien se lo hacia gratis y volvió para negociar cuanto menos me podía pagar...lamentablemente es un cliente muy pesado y le dije que decidí no intervenir en esos casos y me esta llamando todos los días para convencerme.
Parece que ya muchos colegas se quieren desprender de esto y además a la mayoría si se fijan en lo que van a cobrar de rep histórica en la Clave de SS es de 60 pesos a 350 $ aunque quieran pagarnos... que podemos cobrar con eso.
 #1150342  por lawyer2007
 
Hermi escribió:Hola, donde entraste para ver la diferencia que van a cobrar?
Con la Clave de SS podes ver si esta incluido en la misera RH y también podes ver la liquidación de cuanto va a cobrar este mes en otra solapa de ingreso.
Aclaro que la mayoría de mis clientes que me consultaron están con pequeñas diferencias de RH para este mes.
 #1150359  por Hermi
 
lawyer2007 escribió:
Hermi escribió:Hola, donde entraste para ver la diferencia que van a cobrar?
Con la Clave de SS podes ver si esta incluido en la misera RH y también podes ver la liquidación de cuanto va a cobrar este mes en otra solapa de ingreso.
Aclaro que la mayoría de mis clientes que me consultaron están con pequeñas diferencias de RH para este mes.
Gracias, sé que podemos ver si están incluidos pero al entrar por liquidación previsional no encontré el concepto en ninguno de mis clientes mayores de ochenta por eso no entendía....segun una nota que leí en El cronista esta semana harán el ajuste a una primera camada de mayores de 80, luego otro grupo la semana próxima. La tercera quienes tengan juicio iniciado y así...vos decis que tenés de clientes menores de 80 publicado también?
 #1150378  por lawyer2007
 
Hermi escribió:
lawyer2007 escribió:
Hermi escribió:Hola, donde entraste para ver la diferencia que van a cobrar?
Con la Clave de SS podes ver si esta incluido en la misera RH y también podes ver la liquidación de cuanto va a cobrar este mes en otra solapa de ingreso.
Aclaro que la mayoría de mis clientes que me consultaron están con pequeñas diferencias de RH para este mes.
Gracias, sé que podemos ver si están incluidos pero al entrar por liquidación previsional no encontré el concepto en ninguno de mis clientes mayores de ochenta por eso no entendía....segun una nota que leí en El cronista esta semana harán el ajuste a una primera camada de mayores de 80, luego otro grupo la semana próxima. La tercera quienes tengan juicio iniciado y así...vos decís que tenes de clientes menores de 80 publicado también?
Si mal no entendí sólo los que cobren diferencias menores a 1000$ podrán ver el aumento de RH en septiembre no se si también es para los mayores de ochenta incluidos o no en este monto hasta ahora veo montos miserables de 60 y hasta 300 y pico de pesos y no me tocó ninguno de 80 cualquier cosa te aviso si me toca.
 #1150432  por markello
 
Estimado lawyer, vemos que indica la res. 894/16. Primero distingue dos supuestos al decir "...por encuadrar en ALGUNO de los siguientes supuestos" (siempre hablando de aquellos beneficiarios SIN JUICIO)

ARTÍCULO 8° — Facúltase a la ANSES a establecer procedimientos abreviados para aquellos
beneficiarios que requieran una solución con mayor urgencia, por encuadrar en alguno de los siguientes
supuestos:
a. Ser mayor de OCHENTA (80) años o padecer una enfermedad grave;
b. Tener un incremento del haber que no supere el TREINTA POR CIENTO (30%) del haber mínimo
garantizado a que se refiere el artículo 125 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, y un haber
reajustado inferior a DOS VECES Y MEDIO (2 ½) dicho haber mínimo.

Según la resolucion, a los mayores de 80 años (y quienes padezcan enfermedades grave) "deberian" abonar inmediatamente en este mes de setiembre.

A los que tengan menos de 80 se le "abonaría" el incremento de haber que NO supere el 30% del haber minimo y que el haber reajustados sea DOS VECES Y MEDIO el haber minimo:

En este ulitmo caso:

-Haber minimo (res. 298/16) : $ 5.661,16

-30% de haber minimo: $ 1.698,34

-Dos veces y medio de haber minimo ($ 5.661,16 x 2.5) : $ 14.152,90

Por tanto, aquellos menores de 80 años que cobren de reajuste menos de 1.698,34 y el haber reajustado no exceda los $ 14.152,90, le "incrementarían" el haber en este mes.

Los mayores de 80 años "percibirían" la totalidad aunque excedan los montos cuya limitación solo son para los menores de 80.

No entendemos de donde sale los topes de $ 1.000 ni el tope de dos jubilaciones mínimas. Salvo que existiera alguna resolución posterior a la 894/16 que haya modificado dichos montos, la resolución entendemos que es clara.

Por supuesto, estos casos deberán en forma inmediata concurrir al profesional a los fines de aceptar el ACUERDO TRANSACCIONAL.

Debemos tener debido cuidado en este mes ya que muchos jubilados DESCONOCEN QUE LE ESTAN DANDO EL INCREMENTO DE REPARACION HISTORICA con la condición que acepten en un futuro inmediato Y LA CONFUNDEN CON EL AUMENTO A LOS JUBILADOS DE SETIEMBRE 2016.

Hablamos en potencial ya que desconocemos los casos en particular de la totalidad de los beneficiarios, en nuestros casos, algunos guardan relación con la resolución y otros que deberían estar incluidos no han recibido reparacion historica. Respecto a los que tienen juicio, esperamos al 15 de setiembre que habiliten el acuerdo transaccional a fin de evaluar la propuesta del organismo según cada caso en concreto.

Por ultimo, hay un tema que no debemos omitir informar y que es la referida a la TARIFA SOCIAL:

"ARTÍCULO 10. — El incremento de los haberes que perciba cada beneficiario en el marco del
PROGRAMA no se computará a los fines del cálculo de los ingresos máximos permitidos para tener
derecho a las tarifas sociales, siempre y cuando el haber reajustado no exceda en más de un
VEINTICINCO POR CIENTO (25%) el monto equivalente a DOS (2) veces el haber mínimo garantizado a
que se refiere el artículo 125 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias..."

Deben quedar claro que el beneficiario que perciba mas de $ 14.152,90 se computara para el calculo máximo permitido para tener derecho a las tarifas sociales, es decir, "quedarían" excluidos de dichas tarifas sociales. Tener en claro este punto a fin de evitar malos entendidos con los beneficiarios, veremos como opera la exclusión de la tarifa social a futuro.

Saludos
 #1150483  por fabidoc
 
Gracias por tu tiempo MArkello siempre muy clara tu explicación.
Mi duda es en cuanto a la reparación tipo automática
la cobran y luego aceptan la propuesta? O al revés? Entiendo que todavía hay miles de personas sin clave y sin abogado, que pasara con los que nunca acceden?
 #1153419  por jbaroff
 
En donde estaria lo ilegal de los honorarios?

Es un acuerdo de partes, y ANSES acuerda pagarnos $1100 aprox hasta donde yo vi.

Y despues esta lo que le cobremos, tambien por acuerdo, a nuestros clientes.

En la mayoria de los estudios estan cobrando 3 diferencias de haberes.

A mi me parece demasiado rigido el sistema, aunque en los reajustes se utiliza el 25% asi sean 10 pesos o un millon.

En otros estudios para sumas de mas de $5000 estan cobrando 2 veces, y para mas de 10.000 uno solo.

Alguien tiene otros datos?
 #1153506  por romimachi
 
jbaroff escribió:En donde estaria lo ilegal de los honorarios?

Es un acuerdo de partes, y ANSES acuerda pagarnos $1100 aprox hasta donde yo vi.

Y despues esta lo que le cobremos, tambien por acuerdo, a nuestros clientes.

En la mayoria de los estudios estan cobrando 3 diferencias de haberes.

A mi me parece demasiado rigido el sistema, aunque en los reajustes se utiliza el 25% asi sean 10 pesos o un millon.

En otros estudios para sumas de mas de $5000 estan cobrando 2 veces, y para mas de 10.000 uno solo.

Alguien tiene otros datos?
Estoy de acuerdo con estas tarifas, me parecen razonables. El tema es que Anses informan que no deben abonar nada de nada y que los profesionales sólo firmamos un papelito!!! Eso es una barbaridad!!! Yo tengo cliente con 95 años que le figura un reajuste de 3500. Después tengo varios que aún no salen las diferencias. Alguno ya fue a firmar acuerdos??? Porque a mi no me sale la posibilidad de vincular abogado y en la UDAI me dijeron que todavía no saben como van a hacer el tema de la vinculación