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  • ACCIDENTE EN PERIODO DE PRUEBA. TRABAJADOR NO REGISTRADO

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 #1150416  por matutemorais
 
Estimados, buenas tardes, consulto este tema que me excede:

Qué puede reclamar un trabajador no registrado que sufrió un accidente de trabajo al mes de comenzar, que se encuentra despedido "verbalmente" ???

El trabajador sufrió un desgarro haciendo fuerza y no pudo continuar.

Puede reclamar en el fuero laboral?

Bueno espero me puedan ayudar, me complicó un poquito el tema del período de prueba.

Saludos Cordiales
 #1150454  por andresxeneizes
 
esta en periodo de prueba, a lo sumo lo que podes hacer a ver si caen, es pedir que le den tareas y le paguen lo que le deben si le deben algo bajo apercibimiento de considerarse despedido.

claro esta que ellos pueden contestar que niegan todo y lo despiden sin causa por estar en periodo de prueba.

por eso te digo, a lo sumo podes mandar la intimacion a ver si caen y no la contestan o contestan otra cosa, y podes configurar vos el despido indirecto
 #1150836  por Draconstanza84
 
N o le des bola al despido "verbal". Intima como si siguiera trabajando, denuncia el accidente, y cuando cierres el intercambio (si es que niegan todo) ,pedi seclo. En un mismo reclamo, reclamas por el despido y accidente.
Recorda que en la demanda tenes que probar la relacion de dependencia
 #1150916  por DRA. MACA
 
Draconstanza84 escribió:N o le des bola al despido "verbal". Intima como si siguiera trabajando, denuncia el accidente, y cuando cierres el intercambio (si es que niegan todo) ,pedi seclo. En un mismo reclamo, reclamas por el despido y accidente.
Recorda que en la demanda tenes que probar la relacion de dependencia
De acuerdo con esta opinión.
 #1151282  por agentil
 
DRA. MACA escribió:
Draconstanza84 escribió:N o le des bola al despido "verbal". Intima como si siguiera trabajando, denuncia el accidente, y cuando cierres el intercambio (si es que niegan todo) ,pedi seclo. En un mismo reclamo, reclamas por el despido y accidente.
Recorda que en la demanda tenes que probar la relacion de dependencia
De acuerdo con esta opinión.

Coincido totalmente, y sumo que si todavía no llega a los 3 meses, le sumes un poquito de antigüedad para que cuando la consideres despedida ya hayan pasado los 3 meses. De todas formas vas a necesitar testigos de que trabajaba.

saludos!!