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  • COMO SUMO LAS INCAPACIDADES?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1151297  por matiaslaw
 
Colegas, en un juicio por un accidente el perito dio 21,80% de incapacidad fisica, 10% de psicologica y 7% la psiquiatrica.
Me podrían decir si debo sumar todas las incapacidades o si debo sacar una cuenta para que me de una única incapacidad?
Necesito practicar la liquidacion y no se cuanto tomar.

Gracias.
 #1151300  por santiheladero
 
No se suman las incapacidades, Se aplica una formula denominada balthazar... donde se van descontando la incapacidades y cada una se va calculando sobre el residual... mas claro con un ej:

" Para el actor Andrada: Incapacidad Física (6% del 100%) = 6%; Incapacidad Psíquica: (5% sobre el 94%) = 4,7%. Total de incapacidad para el actor Andrada: 10,7% (en lugar del 11% fijado en el fallo apelado). En conclusión, corresponde hacer lugar al recurso y revocar la sentencia apelada en lo que ha sido materia de agravio, debiéndose readecuar la condena por Lucro Cesante Futuro siguiendo las pautas establecidas precedentemente".
 #1151369  por DRA. MACA
 
matiaslaw escribió:Colegas, en un juicio por un accidente el perito dio 21,80% de incapacidad fisica, 10% de psicologica y 7% la psiquiatrica.
Me podrían decir si debo sumar todas las incapacidades o si debo sacar una cuenta para que me de una única incapacidad?
Necesito practicar la liquidacion y no se cuanto tomar.

Gracias.
En la liquidación detallás cada uno de los rubros, calculás el total para luego aplicarlo en la fórmula.
 #1151378  por matiaslaw
 
santiheladero escribió:No se suman las incapacidades, Se aplica una formula denominada balthazar... donde se van descontando la incapacidades y cada una se va calculando sobre el residual... mas claro con un ej:

" Para el actor Andrada: Incapacidad Física (6% del 100%) = 6%; Incapacidad Psíquica: (5% sobre el 94%) = 4,7%. Total de incapacidad para el actor Andrada: 10,7% (en lugar del 11% fijado en el fallo apelado). En conclusión, corresponde hacer lugar al recurso y revocar la sentencia apelada en lo que ha sido materia de agravio, debiéndose readecuar la condena por Lucro Cesante Futuro siguiendo las pautas establecidas precedentemente".

Muchas gracias! me quedó super claro.

Aprovecho para consultarte si tenés idea como se están actualizando las incapacidades a partir de la entrada del fallo Esposito con los accidentes posteriores a la entrada de la ley 26.773. El ripte se sigue aplicando a las incapacidades del art. 14?
Gracias.
 #1151379  por matiaslaw
 
DRA. MACA escribió:
matiaslaw escribió:Colegas, en un juicio por un accidente el perito dio 21,80% de incapacidad fisica, 10% de psicologica y 7% la psiquiatrica.
Me podrían decir si debo sumar todas las incapacidades o si debo sacar una cuenta para que me de una única incapacidad?
Necesito practicar la liquidacion y no se cuanto tomar.

Gracias.
En la liquidación detallás cada uno de los rubros, calculás el total para luego aplicarlo en la fórmula.

Gracias por tu respuesta.