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  • MORSTORIA 26970 Y ART 22 LEY 27260

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1151740  por DrGiu
 
Buenas tardes colegas. Les planteo 2 dudas.
1)_ Hombre 65 años cumplidos en junio vino a verme ayer y no había turnos para nueva moratoria, siendo q estoy viendo q no voy a poder sacar turno pronto mi duda es si cuando consiga debo pedir turno nueva moratoria y aplicar directamente Ley 26970 o x el contrario una vez habilitado en el SICAM el art 6 lo hago con esa moratoria xq al tiempo de solicitar el turno la 26970 ya estaría vencida.
2)_ art 22 ley 27260, se interpreta como jubilación anticipada para los q reúnen los requisitos de aportes según art 4 ley 25994 o x el contrario solo se habilitó el art 6 a los fines de regularizar a los q ya poseen la edad????
 #1151778  por lucky
 
1) Seguí intentando con el turno temprano a la mañana o muy tarde de noche que capaz conseguís. El domingo 18 termina la 26970 para los hombres (ya que se prorrogó sólo para las mujeres), sin embargo en el facebook de anses dice esto:
¿Para quiénes continúa vigente el régimen de regularización de deudas previsionales previsto en la Ley 26.970?
Para las mujeres que cumplieran la edad jubilatoria prevista en el artículo 37 de la Ley Nº 24.241 (60 años) y que fueran menores de la edad prevista en el artículo 13 de la nueva Ley (65 años).
Para los casos de hombres y mujeres que hayan cumplido la edad jubilatoria antes del vencimiento de la Ley Nº 26.970 (18/9/16), el régimen continuará vigente ya que cumplieron el requisito de edad antes de su vencimiento y podrán solicitarla durante la vigencia de esta nueva ley.

Este es el link

http://www.anses.gob.ar/reparacionhisto ... entes.html

Desconozco si está habilitado el SICAM para liquidar por el art. 6 de la 25994 que remite a la 25865. No ingresé como para verlo.

2) La rehabilitación de la moratoria por 1 año NO es jubilación anticipada ya que la 27260 sólo hace referencia al art. 6. No al 4.
 #1151801  por DrGiu
 
muchas gracias LUCKY, y si; voy a intentar con el turno sólo q rara vez estan saliendo en la ultima semana x eso me kiero ir preparando x cualkier cosa.
Y respecto a mi 2da duda yo tenia entendido q era así; la duda me surgio xq a un cliente q tengo q no llega con la edad pero le sobran los aportes le dijeron en la UDAI q se llegue q ellos le hacian la anticipada q ya se habilitaba dentro de poco, q le daban el turno para comienzos de Octubre y el les contestó q primero se asesoraba conmigo debido a q yo le hice los reconocimientos de servicios y otras cosas q antes la ANSES le denegaba. Esa me kedó picando y ante las inexactitudes del proceder con esta nueva Ley prefiero sacarme las dudas 3 veces si es necesario
 #1151848  por lawyer2007
 
Hay q sacar turno antes del Domingo o el domingo inclusive, está contemplado que el cliente no tiene dla culpa de la fecha que deba ir para el turno, por otro lado los hombres segun el art 22 podrán regularizar hasta 1 año mas con la ley 25994
 #1151871  por layeya
 
yo pregunté en ANSES si había que liquidar con art. 6 25.865, y no tenían ni idea, me dijeron que no que se sigue liquidando como 26970, pero me parece que me lo dijo para zafar. Mi duda es que pasará con las RTI? eso no está aclarado. Tengo turno para rti el 20, pero ya liquidé con 26.970, supongo no habrá problemas porque lo hice estando vigente, pero no se a futuro que pasará
 #1151910  por DrGiu
 
pude sacar turno x suerte. Layela te contesto, yo tengo un turno con 26.970 para RTI con turno 05/12/2016 y no hay ningun problema xq el turno se lo solicito antes de q cayera la moratoria, es la misma explicacion q mas arriba dijeron. X ahora no saben siquiera q va a pasar dsps del 20/09 xq no tienen ni idea al menos aki de como van a proceder con lo del art. 22 Ley 27.260.
 #1152167  por rodolfo34
 
Hola Colegas, disculpen las molestias, soy un joven abogado y quiero iniciarme en derecho previsional, ya me registre en anses; el problema es que no se cuales son los pasos a seguir( como sacar el turno, que documentacion llevar, si el cliente tiene que estar presente cuando tenga que ir al anses) mi primer cliente quiere hacer una jubilacion por moratoria. Gracias
 #1152727  por layeya
 
Para sacar turno es lo mas sencillo, cualquiera lo puede hacer, con sentarte un buen rato en la compu vas a aprender. El resto es bastante extenso para explicarlo por acá, fijate si en tu colegio de abogados no hay grupos o reuniones de derecho previsional así podes asistir y aprender todo. Me gustaría ayudarte pero es imposible hacerlo por acá. Si no busca a algún colega con experiencia para compartir el cliente y de paso vas aprendiendo hasta que puedas largarte solo.
 #1153410  por jbaroff
 
Alguien tiene alguna novedad?

A mi me sigue saliendo el mensaje de que no pueden ingresarse planes de facilidades de pago basados en la ley 25994...