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  • MORATORIA 24476-PLAN CANCELADO.-

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1126617  por monicamabel01
 
Hola colegas!! Les hago una consulta sobre moratoria ley 24.476. Tengo un cliente al que le faltan dos años para cumplir la edad para jubilarse, en mayo de 2013 lo inlcuí en la moratoria 24476 para regularizar deuda hasta septiembre de 1993, ya que quería ir regularizando antes de cumplir la edad; el plan era de 30 cuotas que se terminaron de pagar en diciembre de 2015, y actualmente aparece como "Plan cancelado". Ahora quise hacer una nueva liquidación, para ver cuanto debe a la fecha ya que tiene deuda por el período 2003/2006, y el sistema no me permite hacer nueva liquidación porque dice que tengo un plan de facilidades acordado y hasta que no inicie la jubilación en una Udai de Anses no puedo realizar otra liquidacion. La pregunta es: Como hago para confeccionar una liquidación de deuda por los períodos que no ingresaron a la 24.476? Desde ya les agradezco por la ayuda que me puedan prestar.
 #1126683  por casbarrog
 
Hola.- En tu caso vas a tener que dar de baja el sicam para luego incluir los nuevos períodos.- Saludos.-
 #1126701  por monicamabel01
 
Hola Casbarrog, gracias por tu pronta respuesta.Pero cómo doy de baja el SICAM si la moratoria está pagada en su totalidad? Tengo que presentar la nota en ANSeS como cuando hay un error? Hoy llamé a la mesa de ayuda de la AFIP y me dijeron que tendría que poder practicar una nueva liquidación ingresando a "Liquidación deuda previsional general", lo intenté y sale la leyenda que indiqué en el post anterior: "Usted ha realizado una presentacion al Régimen de Regularización Voluntaria Ley 24476 por lo tanto no puede realizar una nueva liquidacion hasta que el tramite jubilatorio este finalizado en una UDAI de ANSES", y como no supieron decirme cómo solucionarlo, me pidieron que les envíe por correo un print de la ventana donde sale ésta leyenda para ver que pueden hacer. La verdad, nunca me pasó algo así.
 #1126767  por Emma2011
 
monicamabel01 escribió:Hola Casbarrog, gracias por tu pronta respuesta.Pero cómo doy de baja el SICAM si la moratoria está pagada en su totalidad? Tengo que presentar la nota en ANSeS como cuando hay un error? Hoy llamé a la mesa de ayuda de la AFIP y me dijeron que tendría que poder practicar una nueva liquidación ingresando a "Liquidación deuda previsional general", lo intenté y sale la leyenda que indiqué en el post anterior: "Usted ha realizado una presentacion al Régimen de Regularización Voluntaria Ley 24476 por lo tanto no puede realizar una nueva liquidacion hasta que el tramite jubilatorio este finalizado en una UDAI de ANSES", y como no supieron decirme cómo solucionarlo, me pidieron que les envíe por correo un print de la ventana donde sale ésta leyenda para ver que pueden hacer. La verdad, nunca me pasó algo así.
Por eso es mejor en casos como el tuyo haber puesto en el plan que cancelaste "otros libre deuda"
 #1126831  por monicamabel01
 
Hola Emma!!! Si es cierto, pero como dije, nunca me pasó que quisieran pagar en forma tan anticipada al momento de iniciar el trámite. Voy a ver como lo resuelvo. Muchas gracias.-
 #1126856  por MARIO1943
 
monicamabel01 escribió:Hola colegas!! Les hago una consulta sobre moratoria ley 24.476. Tengo un cliente al que le faltan dos años para cumplir la edad para jubilarse, en mayo de 2013 lo inlcuí en la moratoria 24476 para regularizar deuda hasta septiembre de 1993, ya que quería ir regularizando antes de cumplir la edad; el plan era de 30 cuotas que se terminaron de pagar en diciembre de 2015, y actualmente aparece como "Plan cancelado". Ahora quise hacer una nueva liquidación, para ver cuanto debe a la fecha ya que tiene deuda por el período 2003/2006, y el sistema no me permite hacer nueva liquidación porque dice que tengo un plan de facilidades acordado y hasta que no inicie la jubilación en una Udai de Anses no puedo realizar otra liquidacion. La pregunta es: Como hago para confeccionar una liquidación de deuda por los períodos que no ingresaron a la 24.476? Desde ya les agradezco por la ayuda que me puedan prestar.
1)TENES QUE HACER UNA NOTA AL ANSES SOLICITANDO LA BJA DEL SICAM DE FECHA TAL, POR NO HABER REGULARIZADO EN EL MISMO DEUDA POR LOS PERIODOS 2003/2006
2) UNA VEZ DADO DE BAJA AL PLAN, REALIZAS OTRA LIQUIDACION, CON LOS MISMOS PERIODOS HASTA SET.93, LOS PAGOS DE LA OTRA MORATORIAS, CUANDO LIQUIDES, EL SISTEMA TE PIDE QUE INCLUYAS ESOS PAGOS A CUENTA, POR OTRO LADO SI TENES DEUDA DEL 2003/2006, RENUNCIAS LOS PERIODOS DEL 2003/2006
3)COMO TE VA A DAR DEUDA CERO, TENES QUE LIQUIDAR EL SICAM POR LA 24476
 #1126997  por monicamabel01
 
Hola Mario, gracias por tu respuesta. Les comento que ayer fue iniciar a la Udai Lanús, y aproveché para hacer la consulta sobre este tema; el iniciador que me atendió me dijo que tenía que hacer un reconocimiento de servicios por los períodos que incluí en la moratoria 24.476, porque si doy de baja el SICAM ahora, cuando haga la nueva liquidación me van a incluir los pagos como "a cuenta" y puede que no quede cancelada esa deuda. Una vez que se resuelva el reco, tengo que dar de baja ese SICAM y hacer otro incluyendo los mismos períodos que la anterior, más los posteriores hasta la fecha de iniciar la jubilación.
 #1127001  por MARIO1943
 
monicamabel01 escribió:Hola Mario, gracias por tu respuesta. Les comento que ayer fue iniciar a la Udai Lanús, y aproveché para hacer la consulta sobre este tema; el iniciador que me atendió me dijo que tenía que hacer un reconocimiento de servicios por los períodos que incluí en la moratoria 24.476, porque si doy de baja el SICAM ahora, cuando haga la nueva liquidación me van a incluir los pagos como "a cuenta" y puede que no quede cancelada esa deuda. Una vez que se resuelva el reco, tengo que dar de baja ese SICAM y hacer otro incluyendo los mismos períodos que la anterior, más los posteriores hasta la fecha de iniciar la jubilación.
EN EL PUNTO 3, ME EQUIVOQUE PUSE HACERLO POR LA 24476 Y ES 24241, PORQUE LA DEUDA VA A DAR CERO
1) EL RECO NO TE LO VA A DAR ANSES, PORQUE EL SICAM ESTA MAL LIQUIDADO, YA QUE TENES DEUDA , ESA DEUDA LA TENDRIA QUE HABER RENUNCIADO
2) SI VOS DAS DE BAJA Y PONE LOS MISMOS PERIODOS, Y RENUNCIAS, LOS PAGOS A CUENTA TE VAN A CANCELAR LA MORATORIA, NO TIENE QUE HABER DIFERENCIA PORQUE LOS INTERESES NO SE CALCULAN NUEVAMENTE AL DIA DE LA FECHA SI NO AL 31/7/2004, SI SE LIQUIDARA LOS INTERESES AL DIA D E LA FECHA DEL NUEVO SICAM DARIA DIFERENCIA , PERO NO ES ASI
 #1127148  por monicamabel01
 
Gracias Mario nuevamente por tu respuesta. Voy a hacer como vos me indicás, es decir, voy a dar de baja el SICAM y a liquidar uno nuevo. Ahora, te pido por favor, si me podés aclarar algunas dudas: Yo en el SICAM le prescribí deuda desde el 03/1996 hasta el 02/2003 pero, en realidad la deuda se extendía hasta el 08/2006. No me convendría esperar hasta el 08/2016 y prescribir todo? Mi cliente cumple los 65 recien en noviembre de 2017. Y respecto de los pagos que se hicieron por moratoria: El sistema me pide que los incorpore como pagos a cuenta ó hay que ingresarlos manualmente? Perdón por tantas dudas, pero como dije, nunca tuve un caso como éste, generalmente ingresan a la moratoria cuando van a iniciar el trámite para jubilarse, pagan la primer cuota y el resto se lo descuentan.
 #1127149  por MARIO1943
 
monicamabel01 escribió:Gracias Mario nuevamente por tu respuesta. Voy a hacer como vos me indicás, es decir, voy a dar de baja el SICAM y a liquidar uno nuevo. Ahora, te pido por favor, si me podés aclarar algunas dudas: Yo en el SICAM le prescribí deuda desde el 03/1996 hasta el 02/2003 pero, en realidad la deuda se extendía hasta el 08/2006. No me convendría esperar hasta el 08/2016 y prescribir todo? Mi cliente cumple los 65 recien en noviembre de 2017. Y respecto de los pagos que se hicieron por moratoria: El sistema me pide que los incorpore como pagos a cuenta ó hay que ingresarlos manualmente? Perdón por tantas dudas, pero como dije, nunca tuve un caso como éste, generalmente ingresan a la moratoria cuando van a iniciar el trámite para jubilarse, pagan la primer cuota y el resto se lo descuentan.
PARA QUE ESPERAR AL 2016, SI LA MORATORIA SIGUE VIGENTE, HACELO AHORA Y PEDIS EL RECONOCIMIENTO.
EL SISTEMA ANTES DE ENVIAR EL SICAM TE DICE EL MONTOS DE LOS PAGOS A CUENTA Y VOS TENES QUE DECIR QUE SI
 #1142168  por Silvina Galasso
 
Buenas tardes!. Alguien me puede ayudar?. Una Sra. tiene 65 años pero no se puede jubilar por la ley 26970 porque no pasa el socioeconómico. Tiene actividad como autónomo durante el 2006/2007 (no prescripta), y una nueva inscripción hace dos meses. Puedo comprarle por la 24476,antes que le exijan también en ella el socioeconómico?. No puedo dejar el Sicam en cero porque la deuda no prescripta es por $50.000 y la Sra. no los tiene. Cómo compro por la moratoria 24476?. Lo hago como otro libre deuda? Al tener que reliquidar el Sicam cuando se tenga que jubilar me considerarán lo comprado por la 24476 o me lo toman como pago a cuenta? Agradecería su ayuda.
 #1152159  por sutriz
 
Buenas tardes
Tengo la siguiente duda: debo liquidar una jubilción por la L 26970. La solicitante tiene un plan cancelado "Otro libre Deuda" L 24476. ¿es suficiente que reformule liquidando por L 26970 y aceptando el importe del pago a cuenta que surge de los pagos registrados ó debo pedir la baja del plan en AFIP por multinota aunque figure "cancelado".
Desde ya, muchas gracias
 #1152602  por alejandra01
 
GRACIAS EMMA2011...YA SABES POR QUE....
Emma2011 escribió:
monicamabel01 escribió:Hola Casbarrog, gracias por tu pronta respuesta.Pero cómo doy de baja el SICAM si la moratoria está pagada en su totalidad? Tengo que presentar la nota en ANSeS como cuando hay un error? Hoy llamé a la mesa de ayuda de la AFIP y me dijeron que tendría que poder practicar una nueva liquidación ingresando a "Liquidación deuda previsional general", lo intenté y sale la leyenda que indiqué en el post anterior: "Usted ha realizado una presentacion al Régimen de Regularización Voluntaria Ley 24476 por lo tanto no puede realizar una nueva liquidacion hasta que el tramite jubilatorio este finalizado en una UDAI de ANSES", y como no supieron decirme cómo solucionarlo, me pidieron que les envíe por correo un print de la ventana donde sale ésta leyenda para ver que pueden hacer. La verdad, nunca me pasó algo así.
Por eso es mejor en casos como el tuyo haber puesto en el plan que cancelaste "otros libre deuda"
 #1152626  por Emma2011
 
[quote="alejandra01"]GRACIAS EMMA2011...YA SABES POR QUE....
quote]

Es lo menos que puedo hacer...ocúpate del caso, hay que terminar con el problema de una vez por todas.