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  • CCMA PARA PAGAR DEUDA Y REAFECTA PAGOS SOLO HASTA EL 07/2004

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1153340  por benfer
 
Hola colegas, tengo el caso de una persona que tiene un saldo acreedor favor bastante grande y necesito reafectar los pagos para periodos impagos de monotributo. Reimpute varios años pero el sistema me permite solo hasta el 07/2004 y la señora tiene deuda hasta el 99 ¿puede ser?. Saben si esa reimputacion ya la debe hacer afip???
 #1153824  por MARIO1943
 
Anyweb escribió:Prev 19-05 a partir de la página 21
http://www.smoreno.com.ar/cpacf/prev-19-05.pdf
LA PREGUNTA ES COMO REAFECTAR UN SALDO A FAVOR QUE TIENE Y PODER REAFECTARLOS A DEUDA ANTERIOR AL 7/2004, YA QUE EL CUENTA CTE. PERMITE REAFECTAR PAGOS SOLO A PARTIR DEL 7/2004, LA PREV, 19/05 HABLA COMO PAGAR PERIODOS D DETERMINADA FECHA , NO COMO REAFECTARLOS
 #1153837  por Anyweb
 
MARIO1943 escribió:
Anyweb escribió:Prev 19-05 a partir de la página 21
http://www.smoreno.com.ar/cpacf/prev-19-05.pdf
LA PREGUNTA ES COMO REAFECTAR UN SALDO A FAVOR QUE TIENE Y PODER REAFECTARLOS A DEUDA ANTERIOR AL 7/2004, YA QUE EL CUENTA CTE. PERMITE REAFECTAR PAGOS SOLO A PARTIR DEL 7/2004, LA PREV, 19/05 HABLA COMO PAGAR PERIODOS D DETERMINADA FECHA , NO COMO REAFECTARLOS
No se pueden reafectar, al menos por CCMA.
Tendrías que averiguar en Afip para reimputarlos.
En un Evento dice: Las reafectaciones que deseen realizarse para períodos anteriores al 07/2004, se efectuarán mediante la presentación del Formulario 399 y/o Formulario 206 (Multinota) establecido por la Resolución General 1128, en la dependencia en la cual se encuentre inscripto.

Este es el Evento https://www.afip.gob.ar/genericos/guiav ... id=4757246
 #1153839  por MARIO1943
 
AFIP: Reimputar pago a otro periodo o impuesto por Internet – Cuentas Tributarias

AFIP Pagos

Los contribuyentes que deseen reimputar un pago a otro periodo o impuesto por Internet deben realizarse mediante el Sistema de Cuentas Tributarias de AFIP, el cual reemplazó al Formulario 399. En este artículo, el sitio de noticias Econoblog.com.ar detalla los pasos que se deben seguir para realizar esta reimputación mediante la página oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (www.afip.gob.ar
 #1153846  por dani64
 
MARIO1943 escribió:AFIP: Reimputar pago a otro periodo o impuesto por Internet – Cuentas Tributarias

AFIP Pagos

Los contribuyentes que deseen reimputar un pago a otro periodo o impuesto por Internet deben realizarse mediante el Sistema de Cuentas Tributarias de AFIP, el cual reemplazó al Formulario 399. En este artículo, el sitio de noticias Econoblog.com.ar detalla los pasos que se deben seguir para realizar esta reimputación mediante la página oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (http://www.afip.gob.ar
Por cuentas tributarias se puede remontar periodos desde 2008.
 #1153870  por benfer
 
Anyweb escribió:
MARIO1943 escribió:
Anyweb escribió:Prev 19-05 a partir de la página 21
http://www.smoreno.com.ar/cpacf/prev-19-05.pdf
LA PREGUNTA ES COMO REAFECTAR UN SALDO A FAVOR QUE TIENE Y PODER REAFECTARLOS A DEUDA ANTERIOR AL 7/2004, YA QUE EL CUENTA CTE. PERMITE REAFECTAR PAGOS SOLO A PARTIR DEL 7/2004, LA PREV, 19/05 HABLA COMO PAGAR PERIODOS D DETERMINADA FECHA , NO COMO REAFECTARLOS
No se pueden reafectar, al menos por CCMA.
Tendrías que averiguar en Afip para reimputarlos.
En un Evento dice: Las reafectaciones que deseen realizarse para períodos anteriores al 07/2004, se efectuarán mediante la presentación del Formulario 399 y/o Formulario 206 (Multinota) establecido por la Resolución General 1128, en la dependencia en la cual se encuentre inscripto.

Este es el Evento https://www.afip.gob.ar/genericos/guiav ... id=4757246

Hola Anyweb , si, encontre el evento que señalas. Mañana voy a la Afip. A traves de la pag de la Afip no pude; tampoco ingresando sistema de cuenta tributaria. Gracias!
 #1153885  por DiegoChaco
 
Hola, con el CCMA solo se puede reafectar desde 07/2004 en adelante.
Para reafectar periodos anteriores al 07/2004, hay que hacerlo en AFIP, presentando el F.399. Pero suelen demorar en Afip hasta que hacen las reimputaciones.
Sds
Diego
 #1153890  por benfer
 
DiegoChaco escribió:Hola, con el CCMA solo se puede reafectar desde 07/2004 en adelante.
Para reafectar periodos anteriores al 07/2004, hay que hacerlo en AFIP, presentando el F.399. Pero suelen demorar en Afip hasta que hacen las reimputaciones.
Sds
Diego
Gracias Diego, buena info.