Buenas noches colegas. Tengo mi primera audiencia obligatoria. La consulta es la siguiente: se inició un reclamo ante el seclo en contra de mi cliente y quiero saber que clase de poder necesito para asistir a la audiencia obligatoria de la ley 24635. Mi cliente se encuentra imposibilitado para asistir a la misma. Muchas gracias
Poder general judicial o, más específicamente, poder notarial para transar o suscribir acuerdos conciliatorios.
Saludos.