En un convenio de honorarios cual es el limite de porcentaje que se puede cobrar?...esta bien si cobro 20 % de lo que cobre el cliente (incluido los intereses) o es mucho? Muchas gracias
ale2011 escribió:Gracias Squonk , también averigüé que para CABA esta la ley 21.839 art.7 ; por si alguien pregunta lo mismo dejo el dato.De todos modos, si estás tramitando una causa en el fuero laboral, en este punto prevalece la LCT y no la ley arancelaria