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  • CONSULTA OFICIO CAMARA ELECTORAL. ESTAMPILLADO?

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 #1153535  por Iusgus2013
 
Buenas Colegas. Una consulta: inicie demanda de Ds y Perjuicios por acc de transito. Se corrio traslado, la aseguradora contesto, pero al demandado no lo pudieron notificar (nadie atendio segun informo el oficial notif). A fin de no notificar nuevamente en dias y horarios inhabiles, prefiero corrobar el domicilio por lo que solicite oficio a la Camara Electoral. Salio el proveido (a continuacion o pego) y me solicitan pague estampillado de $60. Alguien sabe de que estan hablando?

Estése a lo dispuesto sobre el particular a fs. xxxx "in fine" ( Al escrito de fs. xxxxxxx: Previo a lo solicitado, deberá el peticionante acompañar estampillado por el valor de $60 dispuesto por ordenamiento de dicha entidad, abonando el mismo en cualquier sucursal del Banco Ciudad de Buenos Aires (Ac. 34/15).-
 #1153565  por Iusgus2013
 
Squonk escribió:Son estampillas que vende el BCBA en la sucursal del Palacio

Muchas gracias por tu respuesta. Pero para diligenciar un oficio a la Camara Electoral hay que abonarlo?? Perdon si es burdo lo que pregunto, pero me resulta muy particular el proveido.
 #1153659  por abogado1987
 
en CABA, tené presente > “Buenos Aires, de agosto de 2015.- AUTOS Y VISTOS: ... VII.- Si se requirieran informes a la Cámara Nacional Electoral, se hace saber que los pedidos dirigidos a la mencionada dependencia serán efectuados por vía de correo electrónico directamente por el tribunal interviniente. A tal efecto, el interesado deberá denunciar el nombre completo y el tipo y número de documento de identidad de la persona cuyos datos se requieran, acompañando a tal presentación una única estampilla por el valor de $ ..... , que podrá adquirir en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, sito en este este Edificio de Av. De Los Inmigrantes 1950; con excepción de aquellos supuestos que comprendan trámites no arancelados..."


“Buenos Aires,... A dicho fin el peticionante deberá adquirir en el Palacio de Justicia o en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, la estampilla correspondiente al tipo de consulta que desea realizar, la que será entregada en mano a la Prosecretaria/o Administrativa/o, quienes procederán a agregarla al escrito que antecede firmándola y sellándola a fin de inutilizarla. Cumplido ello, efectúese la consulta y respondida, agréguese lo informado bajo firma del Secretario...”

"Buenos Aires, de noviembre de 2014- ... VI. a) En caso de resultar necesarios, a fin de conocer el domicilio de los demandados, líbrense oficios de informes en los términos del art. 400 del CPCC, los cuales podrán reiterarse sin necesidad de petición previa.
b) Ello con excepción del dirigido a la Cámara Nacional Electoral cuya consulta será solicitada por vía 'intranet' por Secretaría. Previo a todo, el peticionante deberá agregar sin necesidad de presentación de un nuevo escrito, la estampilla correspondiente al tipo de consulta que se formula, la cual podrá ser adquirida en el Palacio de Justicia o el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.- Acompañada la etiqueta con un escrito, la Sra Prosecretaria Administrativa, procederá a firmarla y sellarla a fin de anularla.- Fecho lo cual, encomiéndase a la Sra. Secretaria a la consulta, y una vez efectuada habrá de certificar la información brindada por la Cámara Nacional Electoral.-..."
 #1155638  por Iusgus2013
 
Buen día colegas. Una consulta: me imponen el pago de un sellado y en la resolución del BLSG dice lo siguiente: "sin perjuicio de la vigencia del beneficio provisional previsto por el art. 83 del C.P.C.C., por razones de economía procesal, SUSPENDASE EL TRAMITE DE LAS PRESENTES ACTUACIONES HASTA UNA VEZ TRABADA LA LITIS EN LOS AUTOS PRINCIPALES, oportunidad en la que -previa petición del aquí solicitante- habrá de fijarse la audiencia prevista por el art. 80 del C.P.C.C. la que se notificará en el domicilio que la parte contraria haya de constituir en el mentado proceso principal (art. 34 inc. 5to. apartados "a" y "e" del C.P.C.C.)"
Debo abonarlo?

Porque el art 83 especifica la exención de pagos y sellados de actuación.

Desde ya gracias!!!
 #1155655  por Iusgus2013
 
Squonk escribió:Debiste haberlo planteado cuando te ordenaron el oficio.
Plantealo ahora
Muchas gracias Squonk. Voy a plantearlo. De hecho deje el oficio a confronte para ganar tiempo, pero planteo tal situación, vere que dice el Juzgado. Muchas gracias!