¿Se dieron cuenta que el Código de Velez en su artículo 2685 establecía que el condómino podía librarse de la obligación de los gastos de conservación o reparación de la cosa común por el abandono de su derecho de propiedad y el actual código de Lorenzetti y Cristina el art. 1991 dispone lo contrario?
Debería declararse nulo el nuevo código por haber sido votado a libro cerrado por el Senado de la Nación y declararse vigente el Código de Velez.
Debería declararse nulo el nuevo código por haber sido votado a libro cerrado por el Senado de la Nación y declararse vigente el Código de Velez.