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  • ejecutar la nuda propiedad

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 #1141450  por Alidiaz
 
quería saber si puedo embargar la nuda propiedad... porque es muy poca la deuda. El dominio no tiene usufructo. Es un dominio pleno. Por eso pregunto, si le puede pedir al juez que me conformo con que le embarguen la nuda propiedad. Y cuando se remate quedaría con el usufructo la deudora.
 #1141468  por legalescom
 
Entendería que no corresponde, para que se separe la nuda propiedad, por un lado, y el usufructo, por otro, se lo deberá constituir por escritura pública, como todo derecho real.
 #1141478  por Alidiaz
 
me parece que tenés razón legalescom.. porque incluso está prohibido constituir judicialmente usufructos. Y despues pensé embargar un porcentaje del total, capaz que esto es más procedente. Lo que sí se puede también es la hipoteca de nuda propiedad, pero del modo que vos decis, estando inscripta previamente la constitución del usufructo. gracias.
 #1156127  por sebastian2050
 
ARTICULO 2133.- Prohibición de usufructo judicial. En ningún caso el juez puede constituir un usufructo o imponer su constitución.

Si la deuda es chica, embargá, que la cancelen y levanta el embargo.