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  • dudas sobre inhibicion

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 #896604  por estudioj
 
hola les hago una consulta, cuando se me ordena que destrabe las medidas de inhibicion , etc, con el oficio en mano (previo haberlo llevado a confronte) adonde acudo en el caso de la inhibicion gral de bienes? si fuese un embargo acudo al registro donde se halla radicadado verdad? Tengo una confusion!!!! GRACIAS
 #896642  por kantaclaro
 
Tanto la inscripción de la medida como su levantamiento, proceden ante el registro (inmueble, automotor, etc.) correspondiente. Sds
 #898943  por agustin92
 
Registro de la propiedad inmueble
o el registro automotor central!
 #1156339  por jjeppesen
 
buenas tardes, tengo una demanda de daños y perjuicios, en la que quiero pedir embargo preventivo del vehículo que choco un deposito que debe valer hoy 30 mil pesos, embargo de sueldo del demandado que es policia en un 20 % y quisiera pedir la inhibición general de bienes.
alguien me puede decir que me conviene pedir? puedo pedir todo?