La Corte Suprema y el ANSES acordaron la implementación del expediente judicial electrónico a través de la Acordada 33/2016 que se puede leer en link
http://www.anses.gob.ar/noticia/la-anse ... ronico-594
Este acuerdo establece dos mecanismos:
- Residentes en el extranjero con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país: será válido el poder para que el apoderado suscriba el acuerdo en forma presencial en cualquier oficina de atención al público de la ANSES.
- Residente en el extranjero: el jubilado o pensionado titular deberá asignar el abogado y aceptar los términos y condiciones a través de la página web ANSES/Mi ANSeS/Reparación Histórica ingresando con Clave de la Seguridad Social. Luego deberá firmar el convenio ante un funcionario del consulado, que tendrá que certificar la firma.
En este último caso, el convenio será presentado en la ANSES por el abogado asignado por el jubilado o pensionado, quien lo suscribirá en forma presencial en la oficina del organismo
Hay que aclarar que estos mecanismos no están todavía implementados, hay un periodo de espera para que los funcionarios puedan trabajar en ello. Asi que se ruega a los señores jubilados no saturar las vías de comunicación con llamadas y mails.