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 #115520  por tincho15mdq
 
Saludos...necesitaba informacion sobre la practica de las aseguradoras mediante la cual, en caso de que un cliente no pague un mes de la prima, lo deja sin cobertura, pero, a pesar de esto, al mes siguiente le cobra la prima adeudada, lo cual iria contra los principios grales. de los contratos, ya que cobraria sin haber prestado ningun servicio...desde ya muchas gracias!!!

 #115608  por MLEIVA
 
Estimado: la cosa sería medio larga de responder, dado que habría varios conceptos que aclarar en el medio, pero ahí va una pequeña explicación.
Por medio del pago de la prima (en éste caso la cuota del mes), la aseguradora se compromete a cubrir cualquier evento (siniestro), que se produzca durante la vigencia del contrato. Cuando el asegurado no abona la cuota (por ejemplo la de marzo), no cubrirá cualquier siniestro que su asegurado tengo durante el período que cubría éste pago, lo que no implica que en caso que el asegurado luego se ponga al día con las siguientes, si cubra siniestros que sucedan con posterioridad. Se trata de un caso típico de "suspensión de cobertura" por falta del pago del premio.
Espero haberte sido útil y clara mi respuesta.- :wink:

 #115718  por tincho15mdq
 
Te entiendo, pero lo que planteo es que la practica de las aseguradoras, es, ademas de suspender el servicio, al mes siguiente, cobrar por la prima que no fue abonada a pesar de no aber prestado ningun servicio, con el pretexto de que la prima es unica e indivisible, y mi punto es justamente lo que ud. dijo, que si se aplicaran las reglas generales de los contratos seria incorrecto, desde ya muchas gracias
saludos!!