hola colegas, les consulto, tengo una clienta que contrato con una constructora y la entrega del dpto. debía realizarse en abril, la clausula del contrato dice que ese es el momento de la entrega salvo caso fortuito o fuerza mayor, se que las lluvias es un caso fortuito que impide el trabajo obrero, pero ya han pasado seis meses... pensaba enviar cd intimando a la reparación del daño, es decir, reclamar el pago de los alquileres que podría haber percibido desde abril a la fecha si lo hubiese tenido disponible para alquilarlo, o bien reclamar los que pago desde esa fecha al momento esperando hacerse de su departamento, y pidiendo que remitan pruebas de el caso fortuito o fuerza mayor. desde ya agradezco que me den su opinión.
Hola podes reclamar daños y perjuicios e intimar entrega de la unidad debiendo indicarse la fecha cierta de entrega.
Sino resulta anda a mediacion urgente