Lo que hicimos nosotros es no tomar casos de cualquiera sino de clientes habituales y conocidos. Y directamente le decimos que cobramos dos diferencias . Para los casos en que las diferencias sean mínimas , vamos a implementar un mínimo, a cargo del cliente. Nos pasó que el jubilado se empacó con que pagaba la Anses, asi que le dijimos con toda amabilidad que se fuera a la Anses nomás. La mayoría se queda.
Mauricia escribió:Si, yo siempre hablé de unirnos,y los estamos haciendo en privado, por otro lado creo que sabrás que las donaciones son revocables por eso no te dan un crédito poniendo la casa donada en garantía con lo cual podrás ir contra los beneficiarios para ejecutar la propiedad sobre una ejecucion de honorarios y la renta vitalicia estimo que habría que estudiarlo revisando la jurisprudencia pero estimo atacable si el contrato es privado pues no sería oponible a terceros y además es un contrato en que una de las partes todavía no ha cumplido con su contraprestación que se cumple sólo a su deceso y es la parte a demandar, yo analizaría estas cuestiones.lawyer2007 escribió:Muchachos, muchachos si la ley es clara en eso dice que en los casos de juicio iniciado con letrado los honorarios los determina el juzgado, ahora si elige otro abogado para hacer la RH trucha hay que iniciar demanda de honorarios y ejecutarle la jubilación que no es inembargable si la deuda tiene carácter alimenticio.Hola: Si, todo bien, pero sabemos que ejecutamos por un 12%, un 14%, con suerte que es lo que te regulan en la sentencia, sabemos que los viejos ya no tienen nada a su nombre, ya hicieron la donación a favor de sus hijos y solo cuenta con una renta vitalicia del lugar donde viven, y del haber jubilatorio...chirolas...chirolas...que a veces ni conviene ejecutar porque ya me paso varias veces que en la 2da o 3ra cta, mueren. Lo que no tenemos es un Colegio fuerte que nos defienda de los atropellos de la anses, que se logre que les apliquen sanciones a las agentes que informen o se metan en el bolsillo de los profesionales