Tengo la siguiente situación: mis clientes compran una casa prefabricada a construir en su lote. Abonan el precio de contado. El contrato se hace en octubre 2007. Según contrato, la casa debía estar construida en noviembre 2007. Todavía no la terminan, pero tiene defectos de construcción muy groseros (ventanas torcidas, madera de muy mala calidad, huecos en la madera de martillazos que no dieron en el clavo). Obviamente una chambonada, un desastre. Por lo tanto, mis clientes quieren resolver el contrato para que les devuelva el dinero (art. 1204).
La pregunta es la siguiente: ¿puedo mandar una misiva invocando dichos incumplimientos y pedir directamente la resolución del contrato?
Gracias desde ya, un abrazo a todos.
La pregunta es la siguiente: ¿puedo mandar una misiva invocando dichos incumplimientos y pedir directamente la resolución del contrato?
Gracias desde ya, un abrazo a todos.