Buenas tardes,
Revisando los criterios de honorarios del ICAV, no me quedan claro los costes que generaría presentar un recurso de reforma y subsidiario de apelación conjunto, ante un auto de archivo del juzgado de instrucción. El texto dice así:
Criterio 51. Recurso de apelación.
1. Por la interposición o impugnación de recursos de apelación contra las
resoluciones del juzgado de instrucción se establece un módulo de 300 €.
2. Por el recurso de reforma o impugnación contra Auto, sin formular el subsidiario
de apelación, se establece un módulo de 150 €. Si se formula separadamente el
recurso subsidiario de apelación, se establece un módulo de 150 €.
3. Por la interposición o impugnación de recursos de apelación contra las sentencias
dictadas por el juzgado de lo penal se devengara el 50 % de primera instancia,
sobre las pretensiones que sean objeto de la apelación.
4. Los honorarios resultantes se incrementarán en 150 € por cada sesión de vista
celebrada en segunda instancia, se practique o no prueba.
Yo creo entender que al presentarse de manera conjunta se establecería un modulo único de 300€. ¿Que opináis?
Revisando los criterios de honorarios del ICAV, no me quedan claro los costes que generaría presentar un recurso de reforma y subsidiario de apelación conjunto, ante un auto de archivo del juzgado de instrucción. El texto dice así:
Criterio 51. Recurso de apelación.
1. Por la interposición o impugnación de recursos de apelación contra las
resoluciones del juzgado de instrucción se establece un módulo de 300 €.
2. Por el recurso de reforma o impugnación contra Auto, sin formular el subsidiario
de apelación, se establece un módulo de 150 €. Si se formula separadamente el
recurso subsidiario de apelación, se establece un módulo de 150 €.
3. Por la interposición o impugnación de recursos de apelación contra las sentencias
dictadas por el juzgado de lo penal se devengara el 50 % de primera instancia,
sobre las pretensiones que sean objeto de la apelación.
4. Los honorarios resultantes se incrementarán en 150 € por cada sesión de vista
celebrada en segunda instancia, se practique o no prueba.
Yo creo entender que al presentarse de manera conjunta se establecería un modulo único de 300€. ¿Que opináis?