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  • Escribano patrocina a la madre

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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #1157715  por Fedeungaro
 
Hola como les va?
He investigado un poco pero no encontré cuales son los pasos a seguir para que un escribano patrocine a la madre, que es una excepcion a la incompatibilidad con el ejercicio de la abogacía.
Tiene que ser capaz de ejercer en jurisdicción federal porque es por lo de la reparación histórica del Anses.
De antemano gracias ojalá alguien pueda darme una mano!
 #1157724  por administrativista
 
Sí, bueno, yo tengo que hacer la escritura de mi mamá (una casita que le dejó un tío y que ahora ella quiere donar a sus colaterales remotos). Di Notarial en la Facultad, espero me permitan otorgarla. :roll:
 #1157755  por Fedeungaro
 
Mira administrativista es para que actúe como abogado el escribano mi consulta.
En tu casa haber dado notarial en la facultad no te habilita a ejercer como notario. Además si fueras escribano no podrías hacer una escritura para tu madre porque es incompatible
 #1157836  por sonicobcn
 
Si el escribano es de CABA la ley 404 lo habilita.

Art. 17.- El ejercicio de la función notarial es incompatible con:
a) El desempeño de cualquier empleo, cargo judicial, función militar o
eclesiástica y toda otra actividad, pública o privada, que pudiere afectar
la imparcialidad del escribano o la adecuada atención de sus tareas.
b) El ejercicio de cualquier profesión liberal en la República o fuera de
ella, salvo para quienes tengan el título de abogado en cuanto a la
actividad forense en causa propia o el patrocinio o representación en
juicio de su cónyuge, padres o hijos.
 #1158520  por Fedeungaro
 
Abogzonasur escribió:
Fedeungaro escribió:Hola como les va?
He investigado un poco pero no encontré cuales son los pasos a seguir para que un escribano patrocine a la madre, que es una excepcion a la incompatibilidad con el ejercicio de la abogacía.
Tiene que ser capaz de ejercer en jurisdicción federal porque es por lo de la reparación histórica del Anses.
De antemano gracias ojalá alguien pueda darme una mano!

Se ve que tenes tiempo de sobra para andar indagando en las cosas ajenas. El escribano solo le hace la reparación a la madre y a vos eso no te tiene por que joder. Comprate una vida, chismoso y curioso de la vida ajena, mírate al espejo y reconoce que sos un paparulo.
Flaco te falla un toque no? No te sube el agua al tanque? La verdad me desconcertó tu respuesta, impresionante la capacidad para malinterpretar que tenés, no se si será pq sos malintencionado en tu vida o que. Yo soy el hijo del escribano y le organizo todo a mi abuela.
Por favor, cómprate una vida y cosas que hacer pq andar bardeando a la gente porque si y sin aportar nada al foro no resulta muy productivo.
Saludos
 #1158521  por Fedeungaro
 
sonicobcn escribió:Si el escribano es de CABA la ley 404 lo habilita.

Art. 17.- El ejercicio de la función notarial es incompatible con:
a) El desempeño de cualquier empleo, cargo judicial, función militar o
eclesiástica y toda otra actividad, pública o privada, que pudiere afectar
la imparcialidad del escribano o la adecuada atención de sus tareas.
b) El ejercicio de cualquier profesión liberal en la República o fuera de
ella, salvo para quienes tengan el título de abogado en cuanto a la
actividad forense en causa propia o el patrocinio o representación en
juicio de su cónyuge, padres o hijos.
Hola gracias por responder. Si por eso decía yo que podía pero no sabemos cómo se lleva a la práctica. Pq un escribano no tiene tomo folio etc