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  • ¿Sigue vigente el poder?

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 #1158135  por Lionel Hutz
 
Hola colegas. Se trata de la parte demandada en un juicio civil que tramita en Capital Federal. En representación de la demandada, se presentó el hijo con un poder amplio. Sin embargo, en el mismo escrito menciona que la demandada (su madre) tiene un estado de salud pésimo. Consigna expresamente que su madre es discapacitada mental (aunque no cita causa en la que se haya declarado judicialmente dicha condición). Ahora bien, mi pregunta es: ¿está vigente ese poder otorgado en su momento? Teniendo en cuenta la condición mental actual de la que otorgara el poder oportunamente, ¿este es válido para ser representada por su hijo en la actualidad? ¡Gracias por la ayuda!
 #1158527  por abogado1987
 
entiendo > ARTICULO 24.- Personas incapaces de ejercicio. Son incapaces de ejercicio:
a) la persona por nacer;
b) la persona que no cuenta con la edad y grado de madurez suficiente, con el alcance dispuesto en la Sección 2ª de este Capítulo;
c) la persona declarada incapaz por sentencia judicial, en la extensión dispuesta en esa decisión.

ARTICULO 31.- Reglas generales. La restricción al ejercicio de la capacidad jurídica se rige por las siguientes reglas generales:
a) la capacidad general de ejercicio de la persona humana se presume, aun cuando se encuentre internada en un establecimiento asistencial;
b) las limitaciones a la capacidad son de carácter excepcional y se imponen siempre en beneficio de la persona;
c) la intervención estatal tiene siempre carácter interdisciplinario, tanto en el tratamiento como en el proceso judicial;
d) la persona tiene derecho a recibir información a través de medios y tecnologías adecuadas para su comprensión;
e) la persona tiene derecho a participar en el proceso judicial con asistencia letrada, que debe ser proporcionada por el Estado si carece de medios;
f) deben priorizarse las alternativas terapéuticas menos restrictivas de los derechos y libertades.

http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... orma.htm#6