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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1158662  por MIP83
 
Buenos días.
Les hago una consulta, viene a verme una señora que vive en el exterior, con DNI Argentino pero tramitado en España (el DNI tiene la dirección de España) y quiere tramitar la jubilación acá. Tiene aprox. 20 años de aporte y quiere entrar en moratoria (todos en relación de dependencia nunca monotributo).
Como es el tema de la constitución de domicilio para las notificaciones y luego para que cobre? puede cobrar en España? Necesito como abogada un poder especial para actuar en ANSES en este caso?.
Espero me puedan responder.
Gracias
 #1158689  por benfer
 
MIP83 escribió:Buenos días.
Les hago una consulta, viene a verme una señora que vive en el exterior, con DNI Argentino pero tramitado en España (el DNI tiene la dirección de España) y quiere tramitar la jubilación acá. Tiene aprox. 20 años de aporte y quiere entrar en moratoria (todos en relación de dependencia nunca monotributo).
Como es el tema de la constitución de domicilio para las notificaciones y luego para que cobre? puede cobrar en España? Necesito como abogada un poder especial para actuar en ANSES en este caso?.
Espero me puedan responder.
Gracias
Hola, estan bastante puntillosos con los que tienen domicilio en el exterior. El tema de los papeles no hay problema porque se puede girar al exterior el dinero (lo ideal seria que este para ese primer cobro para completar todo lo que le van a pedir); el tema es la edad y desde hace cuanto esta radicada en España para ver si le alcanza para llegar a los 30 años (comprar los años que le faltan en periodos que ella estuvo viviendo aca).
 #1158743  por monicbea
 
todos los formularios de anses te los tiene que firmar en el consulado argentino y cuando te los envíe acá vos tenes que legalizarlo en el ministerio de relaciones exteriores. Pedile copia de todo el pasaporte con entradas y salidas del país porque verifican que los períodos que compras por moratoria sean trabajados acá.
Ademas del poder que te hará a favor tuyo para tramitar ,deberás hacerle otro poder por triplicado designando al banco como apoderado de cobro (ya que una copia se la queda anses,la otra queda en el expte y la otra deberás presentarla en el banco) y así será el encargado de girarle el haber. Tenes que pedir en el banco los formularios requeridos por ellos para abrirle la cuenta al jubilado,ya que esos formularios tendran que ser firmados por el titular y cerificar firmas en el consulado y legalizar todo vos en el ministerio de relaciones exteriores.
Parece complejo,pero no te asustes,Completa vos los formularios ,como para que el titular solo tenga que firmarlos,así evitas errores al completarlos .
Mucha suerte!!
 #1158854  por MIP83
 
Bueno, si... parece complejo pero vamos a hacerlo y les contaré.
Los honorarios en estos casos difieren de lo que se estila pedirles?, estos tres primeros meses.
Muchísimas gracias a todos por las respuestas y la buena predisposición.
 #1158973  por MARIO1943
 
FIJATE SI TRABAJO EN ESPANA Y LO HACES POR CONVENIO INTERNAACIONAL
el modelo del ANSES y de algunas otras Cajas previsionales es el siguiente:
Con el objetivo de solucionar la problemática suscitada, se establecieron procedimientos para la transferencia de fondos a las cuentas de los beneficiaros en los países de residencia.
Las transferencias podrán originarse:
- A partir de una instrucción enviada por el Organismo de fondos de jubilaciones y pensiones o fondo compensador de previsión, en la que se detallará la nómina de beneficios a transferir.
- Ante la solicitud de un apoderado del beneficiario, presentándose en cualquier sucursal del banco.
- A solicitud del titular del beneficio, mediante una instrucción de transferencia certificada y apostillada enviada desde el exterior ( Nota modelo ). REQUISITOS A CUMPLIR POR LOS BENEFICIARIOS
Los requisitos a cumplimentar para el envio de transferencias al exterior por concepto "Jubilaciones o Pensiones" son los siguientes:
- El beneficiario deberá ser titular de una cuenta en un banco del pais de residencia.
- El pais de residencia del beneficiario o el banco donde posee cuenta no deben encontrarse en la lista de paises NO colaboradores en la lucha contra el lavado de dinero.
- La cuenta deberá encontrarse exclusivamente a su nombre.
- La cuenta podrá ser en la moneda que el cliente crea conveniente (moneda local del país, dólares o euros).
- El beneficiario deberá enviar una constancia de residencia, la que deberá renovar por año calendario durante el mes de Junio.
Esta constancia podrá ser una fotocopia certificada de:
a) Contrato de locación a su nombre.
b) Servicio o Impuesto a su nombre.
c) Certificación de residencia expedida por Embajada o Consulado Argentino en el país de
residencia.
- Para el caso de beneficios de ANSeS, el beneficiario deberá enviar cada seis meses un certificado de supervivencia extendido por el Consulado Argentino en el país donde reside, con la incorporación de un folio de seguridad, numerado y filigramado sobre el cual se imprime el texto y firmas. En caso de no contar con este folio, debe ser legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina. Otra forma válida de legalización es contar con el sello de "Apostilla" de la Convención de La Haya.
Para los casos de transferencias ordenadas por titulares, una copia del certificado de supervivencia que disponen algunos Organismo.
Nota: Si las solicitudes las realiza el titular del beneficio, dicha documentación además de la constancias de Residencia y Supervivencia deberá enviarla por correo postal al Organismo previsional o al Banco, según el caso –
Si la solicitud la realiza el apoderado, el mismo deberá dirigirse al organismo en cuestion o banco.
En todos los casos la documentación deberá ser original o copia certificada (según corresponda).
CERTIFICACION DEL PASAPORTE
________________________________________
 #1158981  por MARIO1943
 
PARA AFIP

1) BAJAR DE LA PAGINA D E AFIP EL F. 3283/F (CUMPLIMENTARLO Y CERTFICAR POR CANCILLERIA)

2) CONFECCIONAR POR CANCILLERIA QUE FULANO DE TAL S E ENCUENTRA RADICADO EN TAL LUGAR ,DESDE....... HASTA......
3)CONFECCIONAR FORMULARIO 206 DE AFIP MULTINOTA, QUE DIGA LO SIGUIENTE

POR LA PRESENTE SOLICITO LA CLAVE FISCAL PERTENECIENTE A FULANO DE TAL , EN CALIDAD DE ADMINISTRADOR DE RELACIONES APODERADO, DEBIDO A QUE EL TITULAR SE ENCUENTRA RADICADO EN ............. , PARA TAL EFECTO ADJUNTO EL F. 3283/F Y CERTIFICACION D E RESIDENCIA DE LA REPUBILCA D E ITALIA

PARA ANSES
CARTA PODER , CERTIFICADA POR CANCILLERIA
 #1158993  por noemiadriana
 
Personalmente, me han suspendido todas las jubilaciones con moratoria de gente que vive en el exterior, aun cuando tenían cuenta de autónomo y se regularizo esa deuda. Entiendo que la moratoria hoy es para los que viven en el país, porque hacen controles con migraciones.
 #1159041  por MIP83
 
Hola
Les cuento, fuimos a iniciar el trámite. Me pidieron que tramite en el consulado una copia de las entradas y salidas del país ya que en el pasaporte de la peticionante no constan, debido a que es nuevo y el anterior se lo destruyeron.
El tema es el siguiente, en ANSES, me comentaron que me van a denegar el beneficio, ya que el espíritu de la “Nueva Ley?”, es que el jubilado invierta en el país lo que cobra, una especie de retroalimentación.
No veo mal que se fomente esto, pero esta persona tiene casi 20 años de aporte, se inscribió en autónomos pero nunca pago.
Voy a iniciar el trámite igual y veré que me dicen… incertidumbre total.