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 #1158652  por mmdv1975
 
somos cuatro abogados, figuramos cuatro en el pacto de cuota litis, pero solo homologo yo ya que era mi cliente, los otros tres no suscriben la homologacion. pido el giro y me los rechazan por falta de imputacion del pago, interpongo una revocatoria por propio derecho con el patrocinio de uno de los abogados presentados me dan la razon y me libran el giro y depositan. ahora mis colegas me reclaman las 3/4 partes de lo que es mio. dos preguntas, laprimera, me pueden reclamar judicialmente algo de los honorarios, la segunda pregunta es por el patrocinio en la revocatoria si le corresponden honorarios y si es por cantidad de ius o por porcentaje, teniendo en cuenta que a mi criterio no existe apreciacion pecuniaria... desde ya muchas gracias
 #1158701  por berlin1974
 
Si los cuatro firmaron el pacto de cuota litis, los honorarios percibidos por ese pacto deben dividerse entre los cuatro en partes iguales, a menos que el pacto establezca porcentajes distintos.
Otra cosa son los honorarios regulados en el expte, los cuales en principio corresponden solo a quienes actuaron.
No a que concepto corresponden los honorarios que cobraste y que te estan reclamando.
Por el patrocinio en la revocatoria le corresponden honroarios, pero depende cual era el monto en confilcito.
Saludos
 #1158823  por mmdv1975
 
gracias el tema es que yo soy el unico que homologo el pacto de cuota litis.... los demas letrados no homologaron por lo tanto hicieron abandono de sus derechos sobre el mismo....
respecto de los honorarios por una revocatoria imagino que no sera el 20% ya que la tarea realizada es minima y yo tambien soy letrado y fui por derecho propio, por lo tanto la tarea del patrocinante debe ser menor creo es asi o no??
 #1158860  por berlin1974
 
gracias el tema es que yo soy el unico que homologo el pacto de cuota litis.... los demas letrados no homologaron por lo tanto hicieron abandono de sus derechos sobre el mismo.... ¿Y en que norma te basas para fundar esa postura?
respecto de los honorarios por una revocatoria imagino que no sera el 20% ya que la tarea realizada es minima y yo tambien soy letrado y fui por derecho propio, por lo tanto la tarea del patrocinante debe ser menor creo es asi o no?? Si, el monto que le regulen por esa labor obviamente no va ser mucho, pero depende del monto del reclamo
 #1159455  por flux
 
gracias el tema es que yo soy el unico que homologo el pacto de cuota litis.... los demas letrados no homologaron por lo tanto hicieron abandono de sus derechos sobre el mismo....
Por cuestion de etica deberias reconocerle el dinero que se hablo en el pacto de palabra que hicieron..., ahora, que si queres ir a lo que "firmado esta" la verdad es que si los otros no homologaron no tienen algo ejecutable, que homologuen primero y luego reclamen, si no pueden homologar, pito catalan
 #1160647  por mardulce
 
Entiendo que si formalizaste el pacto de cuota litis en un solo instrumento donde figuras vos y los otros 3 abogados, la homologación de tu pacto beneficia a ellos tambien. Com te respondieron anteriormente el honorario regulado sera fijado unicamente a favor de quien/quienes hayan actuado en el expediente. El pacto se dividira en la forma que lo hayas convenido con tus colegas siempre que el mismo haya sido formalizado en un solo instrumento.
 #1160731  por RominaBalbarrio
 
HOLA A PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"!"
SOY NUEVA EN EL FORO Y TODAVIA NO ME QUEDA CLARO COMO PLANTEAR UN TEMA.
Tambien hace poco me recibí. Estoy llevando una causa de cobro de alquileres y no se como redactar el convenio de honorarios. Se va a llevar a cabo en Provincia de Buenos Aires.
Gracias
 #1160779  por mardulce
 
RominaBalbarrio escribió:HOLA A PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"!"
SOY NUEVA EN EL FORO Y TODAVIA NO ME QUEDA CLARO COMO PLANTEAR UN TEMA.
Tambien hace poco me recibí. Estoy llevando una causa de cobro de alquileres y no se como redactar el convenio de honorarios. Se va a llevar a cabo en Provincia de Buenos Aires.
Gracias
C O N V E N I O D E H O N O R A R I O S.
Entre los Dres. xxx, con domicilio en xxxx, en adelante denominados "EL ESTUDIO", y por la otra el Sr. xxx, con domicilio en la calle xxxx, en adelante denominado "EL CLIENTE", convienen en celebrar el presente acuerdo que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERA: EL CLIENTE encomienda al ESTUDIO el asesoramiento y reclamo por los daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito sufrido el pdo. xx/xx/2013 como pasajero del colectivo de la línea xxx, Int. xxx.- - - - - - - - - -
SEGUNDA: Por los trabajos encomendados el ESTUDIO cobrará el VEINTE POR CIENTO (20%) de todas las sumas que EL CLIENTE perciba por la gestión profesional encomendada en cuanto ésta resulte del reclamo civil a efectuarse como derivado de dicho accidente. Para el caso que el cliente no perciba suma alguna derivada del presente reclamo, el ESTUDIO renuncia a percibir suma alguna derivado del trabajo profesional realizado por el presente asunto.-------------
El pago de los referidos honorarios deberá realizarlo EL CLIENTE en dinero en efectivo en el momento de percibir cualquier suma derivada del trabajo profesional encomendado, quedando autorizados los profesionales, todo ello, sin perjuicio de los honorarios que pudieren corresponder a los profesionales del ESTUDIO que se le haya impuesto a cargo de la contraparte.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERA: Serán a cargo del CLIENTE los gastos devengados por la tramitación del referido reclamo.-----------------------------------------------------------
CUARTA: El presente convenio puede ser resuelto en cualquier momento por cualquiera de las partes sin expresión de causa alguna; decisión que deberá ser notificada fehacientemente. Para el caso que EL CLIENTE decida resolver el presente subsistirá el derecho de EL ESTUDIO de percibir lo aquí acordado.- - - -
QUINTA: Para el supuesto de controversia, las partes establecen como válidos los domicilios consignados en el encabezamiento de este convenio, donde será válida cualquier notificación, judicial ó extrajudicial, y para el caso de litigio expresamente fijan los Tribunales Ordinarios de Capital Federal, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción.--------------------------------------------
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación de las cláusulas que anteceden, firman las partes dos ejemplares de un mismo tenor y efecto en la ciudad de xxxx , a los veintiún días del mes de noviembre de 2013.-------------------