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  • CUAL ES LA MORATORIA VIGENTE

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1159267  por ARACELI1974
 
Hola a todas! Soy nueva en el foro... Tengo una duda.. Ya no es posible utilizar la moratoria de la ley 24476, y la única moratoria que actualmente se puede utilizar es la de la ley 26970, siempre y cuando previamente pase la evaluación socioeconómica no? Si se dan las condiciones, es posible comenzar a pagarla antes de la edad jubilatoria? Muchas gracias!!!
 #1159272  por monicamabel01
 
Hola Araceli. La moratoria que está vigente es la 24.476 que te permite computar aportes hasta septiembre de 1993; la 26.970, se prorrogó solo para las mujeres hasta el 23-07-2019, y para los hombres que hayan cumplido la edad (65 años) hasta el 18-09-2016, fecha de vigencia de dicha moratoria. El socio económico para la 24.476, a pesar de que según la ley 27.260 se iba a solicitar, hasta ahora no se aplica. No hay problema en que empiece a pagar antes de cumplir la edad para jubilarse. Saludos.
 #1159288  por anita16
 
Una consulta con la 24476 se pueden comprar a portes hasta el 9/93..ahora el caso d un autónomo inscripto desde 92 al 2004 pago 2 anos y desp tiene deuda...puedo incluirle en el sicam un plan d pago x moratoria con esta ley?
 #1159291  por MARIO1943
 
monicamabel01 escribió:Hola Araceli. La moratoria que está vigente es la 24.476 que te permite computar aportes hasta septiembre de 1993; la 26.970, se prorrogó solo para las mujeres hasta el 23-07-2019, y para los hombres que hayan cumplido la edad (65 años) hasta el 18-09-2016, fecha de vigencia de dicha moratoria. El socio económico para la 24.476, a pesar de que según la ley 27.260 se iba a solicitar, hasta ahora no se aplica. No hay problema en que empiece a pagar antes de cumplir la edad para jubilarse. Saludos.
QUE MORATORIA SE PUEDE PAGAR ANTES DE CUMPLIR LA EDAD?
 #1159333  por monicamabel01
 
Hola Mario!!! Tenés razón, yo me olvidé de aclarar que se puede siempre que se cancele la moratoria antes de iniciar el trámite, obviamente, y después, cuando la persona cumple la edad hay que dar de baja ese SICAM y hacer uno nuevo reaplicando los pagos realizados. Yo tuve un caso así, y te hice la consulta, no sé si te acordás, y vos me dijiste que se podía. Lo hice, intenté iniciar un reconocimiento de servicios, pero no pude, no me lo iniciaron en la udai porque todavía no tiene la edad, es monotributista, etc., pero dijeron que se puede cancelar la moratoria en forma anticipada, con pago de contado, ó en cuotas. Me refiero a la 24.476; no es lo más común, pero hay gente que quiere ir encaminando las cosas con mucha anticipación, para cuando tengan la edad requerida, no tener inconvenientes.
 #1164291  por maril
 
monicamabel01 escribió:Hola Mario!!! Tenés razón, yo me olvidé de aclarar que se puede siempre que se cancele la moratoria antes de iniciar el trámite, obviamente, y después, cuando la persona cumple la edad hay que dar de baja ese SICAM y hacer uno nuevo reaplicando los pagos realizados. Yo tuve un caso así, y te hice la consulta, no sé si te acordás, y vos me dijiste que se podía. Lo hice, intenté iniciar un reconocimiento de servicios, pero no pude, no me lo iniciaron en la udai porque todavía no tiene la edad, es monotributista, etc., pero dijeron que se puede cancelar la moratoria en forma anticipada, con pago de contado, ó en cuotas. Me refiero a la 24.476; no es lo más común, pero hay gente que quiere ir encaminando las cosas con mucha anticipación, para cuando tengan la edad requerida, no tener inconvenientes.
Perdón, que vuelva sobre este tema, en el que debo trabajar ahora, para aclararme ... pregunto otra vez lo mismo: Puedo a una mujer liquidar sicam cancelar deuda aún cuando no tiene la edad? la reaplicación de pagos es en Afip, que formularios se presentan?