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  • RECURSO APELACION CONCEDIDO LIBREMENTE

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 #1160030  por carolinapagella
 
Hola colegas
tengo que fundamentar ante Cámara una apelación (contra una sentencia definitiva en lo civil). Mi duda es, debo esperar que el expte llegue a Cámara para fundamentarla?, cuando comienzan a correr los 5 días para fundamentar?
espero de vtra ayuda

SLDS Y GRACIAS
 #1160067  por berlin1974
 
Se funda en cámara, si es Capital, dentro de los diez días de notificada la radicación en 2da instancia.

Art. 259. - Cuando el recurso se hubiese concedido respecto de sentencia definitiva dictada en proceso ordinario o sumario, en el día en que el expediente llegue a la cámara, el secretario dará cuenta y se ordenará que sea puesto en la oficina. Esta providencia se notificará a las partes personalmente, o por cédula. El apelante deberá expresar agravios dentro del plazo de DIEZ (10) días o de CINCO (5) días, según se tratase de juicio ordinario o sumario.

Si bien el art. todavía habla de proceso sumario, tener en cuenta que el proceso sumario no existe más en el CPCCN

Saludos