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  • INSCRIPCION CONYUGE SUPERSTITE - bien ganancial

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 #1160373  por veronicacecilia
 
Estimados,
Es el primer caso en donde la única heredera es la conyuge superstite de un bien ganancial.
Mi consulta es si en el oficio al registro solicito la inscripción en proporción al 1/2 (50%) atento a que el 50% le corresponde por la disolución de la sociedad conyugal, o inscribo el 1/1 (100%)? informo que no hay ascendientes ni descendientes por parte del causante.
Desde ya, muchas gracias!
 #1160649  por abogado1987
 
tené presente > "...La SCBA suscribió un acuerdo marco con el Min. de Economía de la Prov.(Reg. de la Propiedad Inmueble) por el cual regirá en el ámbito bonaerense un nuevo sistema de presentaciones y notificaciones electrónicas entre ambos organismos. Acordada 1799/16..."

http://www.casi.com.ar/?q=comision/serv ... tiles/1147

en cuanto al oficio, entiendo >

Carácter (Heredero/ Cesionario/Cónyuge/ Adjudicatario): Cónyuge
Parte indivisa en números fraccionarios: 1/2

Carácter (Heredero/ Cesionario/Cónyuge/ Adjudicatario): Heredero
Parte indivisa en números fraccionarios: 1/2