buenas tardes a todos! una consulta referida a un expediente de insania y curatela. Fue tramitado en un Juzgado de Paz, y ya tiene sentencia. Insania solo a los fines previsionales y se lo nombra curador definitivo al padre. Por ser juzgado de paz es solo a los fines previsionales? Si al insano le quieren hacer una donacion el padre no puede aceptar como su curador?
Es necesario ver qué dice la sentencia. La competencia del juzgado no tendría que tener nada que ver.
Por las expresiones que usás se trata de una resolución anterior a la modificación del actual Código Civil y Comercial, que debiera ser actualizada (art. 40) y también cambiar las denominaciones y el alcance de la restricción de la capacidad.
Si la pregunta es si el padre puede representarlo en una donación la respuesta es que no. Necesita pedir autorización al juez para el acto concreto. Consultá con el escribano que se encargaría, porque él es el que sabe qué es lo que necesita para la escritura.