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  • me pasaron un mayor de 80 A HOMOLOGAR.

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1160910  por EDNA
 
Reitero pregunta, me llama la atención a nadie le pasó. Sra. de 87 me la pusieron para cobrar no automáticamente. Hasta ahora con sumas menores todos los de más de 80 ya están cobrando. ¿alguien le pasó? Gracias. :roll:
 #1160980  por juancapa
 
Si el reajuste da como resultado un haber mayor a $15000 (dos veces y media una jubilacion minima) te llevan, en principio, a homologar. Digo en ppio porque hay casos en que no ocurre y mandan la automática de una.
 #1161016  por susanallermanos
 
EDNA escribió:Reitero pregunta, me llama la atención a nadie le pasó. Sra. de 87 me la pusieron para cobrar no automáticamente. Hasta ahora con sumas menores todos los de más de 80 ya están cobrando. ¿alguien le pasó? Gracias. :roll:
si, si no cobran la minima pasa esto. tambien tengo casos de mayores de 80 cobrando la minima y todavia con la leyenda que en noviembre podre consultar en la web por el reajuste que le corresponde, cuando a personas de 60 años le han hecho la reparacion automatica.
yo tenia entendido que la automatica era para mayores de 80 años, que cobren la minima, para aquellos jubilados menores de 80 que tuvieran problemas graves salud, que no puedan esperar a la homologacion, pero parece ser que a la suerte loca . Mi madre tiene 83, cobra la minima y todavia no tiene propuesta y asi unos cuantos clientes mas mayores de 80 estan esperando.
 #1161027  por noelin
 
a) Procedimiento abreviado de reajuste anticipado:

Para acceder a este procedimiento se deben dar dos condiciones básicas:

* Que el haber reajustado conforme a la ley 27.260 no supere el monto de $14.152,90, equivalente a dos y medio haberes mínimos vigentes;

* Que el interesado no haya iniciado juicio de reajuste. Si se dan estas condiciones el procedimiento abreviado de reajuste anticipado procede si se da alguna de las siguientes situaciones:

* Que el interesado tenga 80 o más años de edad; o

* Que padezca de una enfermedad grave; o

* Que el incremento en el haber producto del reajuste no supere la suma $1.698,35, equivalente al 30% del haber mínimo vigente.