Buenas tardes a todos.-
Les consulto sobre los tribunales de faltas del GCBA, ya que desconozco del tema.-
Mi cliente alquiló una casa, en la cual vive el Locatario, junto con su grupo familiar. Por una denuncia al GCBA, se apersonó al inmueble y labró actas aduciendo que funcionaba un "Hotel Clandestino".-
Cuando le notifican a mi cliente de ésta resolución, nos presentemos en el tribunal de faltas y presentamos un descargo donde adjuntamos el titulo de propiedad y el contrato de locación, negando todo tipo de actividad comercial en la casa, sino que solo es para uso familiar, y pedimos nueva inspección a los fines de constatar tal argumento.-
El GCBA se apersonó nuevamente a la casa, y atendieron menores los cuales no los dejaron pasar porque no se encontraba ningún adulto en la casa.-
En consecuencia, el controlador de faltas dictó resolución bansándose en una obstrucción al procedimiento de inspección y ratificó la actividad de "hotel clandestino", su clausura y multó a mi cliente (locador) con una multa de $300.000.-
Estoy pidiendo la nulidad y solicitando el recurso jerárquico ante los Tribunales Contravencionales de la Ciudad.-
Ahora bien, quiero citar al Locatario por CD para notificarlo y que se presente en el expediente como "tercero interesado"... me conviene citarlo?
Gracias.
Les consulto sobre los tribunales de faltas del GCBA, ya que desconozco del tema.-
Mi cliente alquiló una casa, en la cual vive el Locatario, junto con su grupo familiar. Por una denuncia al GCBA, se apersonó al inmueble y labró actas aduciendo que funcionaba un "Hotel Clandestino".-
Cuando le notifican a mi cliente de ésta resolución, nos presentemos en el tribunal de faltas y presentamos un descargo donde adjuntamos el titulo de propiedad y el contrato de locación, negando todo tipo de actividad comercial en la casa, sino que solo es para uso familiar, y pedimos nueva inspección a los fines de constatar tal argumento.-
El GCBA se apersonó nuevamente a la casa, y atendieron menores los cuales no los dejaron pasar porque no se encontraba ningún adulto en la casa.-
En consecuencia, el controlador de faltas dictó resolución bansándose en una obstrucción al procedimiento de inspección y ratificó la actividad de "hotel clandestino", su clausura y multó a mi cliente (locador) con una multa de $300.000.-
Estoy pidiendo la nulidad y solicitando el recurso jerárquico ante los Tribunales Contravencionales de la Ciudad.-
Ahora bien, quiero citar al Locatario por CD para notificarlo y que se presente en el expediente como "tercero interesado"... me conviene citarlo?
Gracias.