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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1160427  por carola76
 
Hola... el tema es el siguiente. una empresa va a despedir a sus dos empleados, liquidando el haber de noviembre más las indemnizaciones correspondientes.
Ahora bien, si todo va bien en el sentido de que no rechazan el despido, o no acuden ni a la secretaría de trabajo ni a otro colega, solo le hago firmar ese último recibo o me conviene hacer una especie de acuerdo en donde especifique entre otras cosas la forma de pago porque es bastante y se va a pagar en varias veces.
y si solo con firma certificada de ambos (empleador y trabajador) o tengo que recurrir a la secretaría? aclaro que es en provincia de santa fe... aca nos manejamos con la secretaria o depto de trabajo.
También seguramente me va a convenir en caso de acuerdo, que lo homologue... el tema son los costos...
desde ya muchas gracias... saludos
 #1161390  por gamorza2002
 
Las extienciones por mutuo acuerdo (ojo!, solo estas, la renuncia no) podes hacerlas en 1 - Juzgado o Tribunal laboral (si tienen ganas), 2- Ministerio de Trabajo (ojo con los montos, pero como bien dijo el colega, su homologacion es importante, aunque sigue sin vincular a un juez, o 3- Escribano., ante la situacion descripta en el 2 (los jueces se pasan por el traste la homologacion del Ministerio), elijo hacerlo por escribano.

Es mi opinion nada mas, saludos.