Hola a todos, la duda es básica pero me hicieron dudar con un proveído. CABA, daños y perjuicios, partes: actor, demandado (mi cliente) y citada en garantía.
Luego de contestar la demanda, el juez me provee: 1) De la oposición a la prueba formulada, traslado.- 2) De la prueba documental acompañada, traslado a la parte actora. Notifíquese.-
Las dudas son las siguientes:
1) Respecto a la oposición a la prueba, mando cédula? Y en tal caso, a la actora y a la citada en garantía también o solo a la actora?
2) Obviamente tengo que mandar cédula con la documental pero el escrito de contestación de demanda no lo acompaño?
además el juez ordena únicamente a la actora pero no debería también haber dispuesto que le corra traslado a la citada en garantía?
Desde ya, gracias a los que lean/respondan.
Saludos
Luego de contestar la demanda, el juez me provee: 1) De la oposición a la prueba formulada, traslado.- 2) De la prueba documental acompañada, traslado a la parte actora. Notifíquese.-
Las dudas son las siguientes:
1) Respecto a la oposición a la prueba, mando cédula? Y en tal caso, a la actora y a la citada en garantía también o solo a la actora?
2) Obviamente tengo que mandar cédula con la documental pero el escrito de contestación de demanda no lo acompaño?
además el juez ordena únicamente a la actora pero no debería también haber dispuesto que le corra traslado a la citada en garantía?
Desde ya, gracias a los que lean/respondan.
Saludos