Hola, tengo una duda sobre la titularidad de un departamento que fue puesto a nombre de mi padre por usufruto de por vida a nombre de mi abuela (su madre), mi abuela hace uso y goze del mismo, mi padre falleció, el tema es que solo se realizó un convenio, un instrumento privado hasta tanto salga el titulo de propiedad a nombre de mi padre, quería saber si aún así me corresponde ese departamento o al estar viva mi abuela puede poner a nombre de ella o a nombre de su otro hijo vivo. ¿El titulo de propiedad puede ser puesto a nombre de un fallecido?. Gracias.
tu abuela (por lo que decis) hizo una cesión con cláusula de usufructo. Solo se puede hacer por escritura pública. Sino se hizo así no existe la cesión, así entiendo yo.
no entiendo lo que decis que se hizo por convenio hasta que salga el título de propiedad a nombre de tu padre...