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  • Duda sobre titularidad de una propiedad

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 #1160513  por chaco123
 
Hola, tengo una duda sobre la titularidad de un departamento que fue puesto a nombre de mi padre por usufruto de por vida a nombre de mi abuela (su madre), mi abuela hace uso y goze del mismo, mi padre falleció, el tema es que solo se realizó un convenio, un instrumento privado hasta tanto salga el titulo de propiedad a nombre de mi padre, quería saber si aún así me corresponde ese departamento o al estar viva mi abuela puede poner a nombre de ella o a nombre de su otro hijo vivo. ¿El titulo de propiedad puede ser puesto a nombre de un fallecido?. Gracias.
 #1160626  por Romina34
 
tu abuela (por lo que decis) hizo una cesión con cláusula de usufructo. Solo se puede hacer por escritura pública. Sino se hizo así no existe la cesión, así entiendo yo.
no entiendo lo que decis que se hizo por convenio hasta que salga el título de propiedad a nombre de tu padre...
 #1160636  por chaco123
 
Romina34 escribió:tu abuela (por lo que decis) hizo una cesión con cláusula de usufructo. Solo se puede hacer por escritura pública. Sino se hizo así no existe la cesión, así entiendo yo.
no entiendo lo que decis que se hizo por convenio hasta que salga el título de propiedad a nombre de tu padre...
Mi abuela y yo no nos llevamos muy bien, ella me dice que no tiene los titulos de propiedad pero por como lo planteas al parecer tiene los titulos y me los esta ocultando. Gracias por tu ayuda.
 #1161689  por BUENOOLGADOMINGA
 
Es muy fácil, tienes que dirigirte al Registro de Propiedad de Inmuebles y solicitar que te digan quien es el titular registral del bien en cuestión.
Como lo planteas al tema es muy complejo, porque dices que tu abuela hizo un convenio privado y constituyo un usufructo a su favor es por ello que ella continua residiendo en el bien inmueble.

De ser planteado de otra manera tus dichos, estaríamos frente a un Contrato de Donación Gratuita con un Usufructo vitalicio a favor de tu abuela, pero esta clase de contrato de Donación, se celebra ante Escribano Publico en instrumento publico.
Desde ya te comento, que no se puede poner un bien inmueble a nombre de una persona fallecida, en el supuesto en que tu abuela dono el bien inmueble a tu padre, esa donación se consolida con la muerte del donante, es decir cuando fallezca tu abuela.