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 #1161806  por Iquie
 
Hola Foristas: pregunto: se pueden agregar hechos nuevos en un desalojo una vez trabada la litis?
Presenté demanda por falta de cobro y en el medio de la notificación se venció el contrato. Contestaron demanda. Providencia del juzgado que no ordena absolutamente nada.Solo los tiene por parte, etc y les niega excpeciones de previo y especial pronunciamiento. Voy a pedir se declare la cuestión de puro derecho. Pero puedo presentar también el hecho nuevo del vencimiento del contrato? Graciasssssss
 #1161809  por legalescom
 
No se trata, en tu caso, de un hecho nuevo, sino de una nueva demanda, por otra causal. Lo mejor que podrías hacer, ya que es imperdonable no haber previsto que el contrato estaba por vencerse, es solicitar la desocupación inmediata en los términos del art. 684 bis. del Cód. Procesal Nacional, si tal fuera la jurisdicción.