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  • pagos posteriores a 1993 sin inscripcion en fip

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1161927  por liliana1
 
Buenas oches estimados colegas, les consulto lo0 siguiente, un Señor que tiene inscripcion en padron autonomos de Anses del año 09/82 con categoria 000, hizo oportunamente una moratoria 24476 hasta 1993 y esta canc elada, pero tiene pagos desde el año 1995 al año 1997 pero no aparace nada en datos personales, hay que si o si ir a AFIP por resolucion 555??? op solo declara en situacion dse revista y le aplica 25321 en los meses no pagados?? el tema que me lo trae ahora y el turno es para el 28/12 muchas gracias
 #1161928  por liliana1
 
Aclaro que esos pagos no los necesita, atento que con la moratoria cancelada oportunamente y la relacion de dependencia que tiene desde el año 2003 y continua trabajando le sobran los 30 años, por eso cuando le hicieron la moratoria sxe aplico desde el 93 al 97 25.321.-
 #1161935  por lucky
 
Los podés declarar en la situación de revista y aplicar art. 1 o también podés directamente "desafectarlos" por la Circular 22/13 (desde "ingresos pagos faltantes").
 #1161957  por liliana1
 
Buen dia lucky gracias por la ayuda, vos decis que si declaro desde el 93 en adelante al 97 en situacion de revista categoria 000 que es la que tene y le aplico 25.321 me lo tienen que acepar sin que figure en datos personales encima el turno es en Munro que son muy complicados.-
 #1161989  por lucky
 
Se aplica la Circular 58/10. Si no los querés desafectar (que es una alternativa), la otra es declararlos y, si no los necesitás porque llega a los 30 años, los renunciás por art. 1 de la 25.321.
Te pego la Circular.

PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS COMPROBACIÓN DE SERVICIOS CON APORTES EFECTUADOS
Dado que se facultó a la Gerencia Diseño de Normas y Procesos dependiente de la Subdirección de Administración para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N Nº 555/10 (Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado invoca aportes realizados en tiempo y forma, mediante la presentación de las boletas de aportes originales que respalden lo indicado en la situación de revista del SICAM, son considerados como prueba suficiente de servicio, en tanto estén incluidos en el formulario (historia de pagos) que emite el SICAM.
En consecuencia, no resultará necesario que el afiliado concurra a la Agencia de AFIP, para comprobar los períodos donde figuran los aportes realizados en tiempo y forma, ya que los cuales se consideran prueba fehaciente de la actividad y de la categoría efectuada, por aplicación supletoria del apartado 7.6. (Ampliación de Servicios) del item 4 (Verificación del Derecho) del capítulo VI (Acreditación de Servicios) del Anexo de la Resolución D.E.-N Nº 555/10.[/b]
 #1162093  por liliana1
 
Buenas Noches Lucky, finalmente segui tu consejo y opte por hacer lo siguiente me quedo moratoria 24476 con deuda cero hasta el 93 porque estaba cancelada y como habia pagos uno solo 07/1994 y despues del 09/94 al 03/97 todos pagos seguidos, mencione tal cual esos periodos en situacion de revista y les aplique 25321 o sea me quedo así

06/1968 a 09/1993 categoria 798
07/1994 a 07/1994 categoria 000 (que es la que figura en telex de autonomos con inscripcion desde 1982)
09/1994 a 03/ 1997 categoria 000 ( " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " " ) o sea no importa que es categ.000 y que no puse seguido a 09/1993, yo puse solo los periodos que habia pagos les aplique 25.321.-

Te parece que quedo correcto, finalmente te agradezco muchisimo la ayuda y la inisistencia en no equivocarme es porque este señor le piden en el trabajo actual un comprrobante de inicio antes de fin de año a cambio de un beneficio social (tengo turno el 28-12).-
 #1162136  por lucky
 
Está bien lo que hiciste. Yo siempre lo he hecho así y nunca tuve problemas: declarar los pagos posteriores al 09/1993 que no aparecen en PUC y renunciarlos si tiene deuda, o dejarlos si están en "cero". Te respalda la normativa de Anses.
Eso sí, no sé en Munro como trabajan. Nunca inicié ahí.
 #1162177  por DiegoChaco
 
Hola, te comento que en el Anses de mi zona si tienen aportes posteriores al 09/1993, si o si te piden que esos aportes figuren dentro de la situación de revista en el PUC. Si no esta cargada la situacion de revista, te rechazan el tramite.
Pero yo estoy en el Chaco, asi que no se que criterio usan en tu zona.
sds
Diego
 #1162226  por liliana1
 
Bueno gracias por la colaboracion, despues les cuento como me fue, yo lo hice com o biem me indicaste Lucky y teniendo en cuenta la circular 58/10, tendrian que aceptarlo, claramente dice que no es necesario ir a AFIP en este caso, veremos que pasa, MUY FELIZ NAVIDAD PARA TODOS.-
 #1162268  por lucky
 
liliana1 escribió:Bueno gracias por la colaboracion, despues les cuento como me fue, yo lo hice com o biem me indicaste Lucky y teniendo en cuenta la circular 58/10, tendrian que aceptarlo, claramente dice que no es necesario ir a AFIP en este caso, veremos que pasa, MUY FELIZ NAVIDAD PARA TODOS.-
Llevate al turno la Circular impresa para mostrárselas por si te llegan a decir algo.
Te reitero: no sé en Munro pero en las Udai de Capital donde inicié así no tuve problemas.