Hola! Necesito ayuda sobre este tema. Tengo un caso donde el empleador ya ha superado su edad jubilatoria y no puede jubilarse porque tiene 2 empleadas desde hace 15 años y no tiene dinero para pagar la indemnización por despido. Mi pregunta es: se podrá amparar en el art.249 LCT? Capaz que suene mal, porque no es específicamente el caso, pero la jubilación es como una muerte en sentido laboral. Para el trabajador extingue la relación laboral... y para el empleador que se jubila? Gracias por los aportes que pudieran realizar.
Andy236 escribió:Hola! Necesito ayuda sobre este tema. Tengo un caso donde el empleador ya ha superado su edad jubilatoria y no puede jubilarse porque tiene 2 empleadas desde hace 15 años y no tiene dinero para pagar la indemnización por despido. Mi pregunta es: se podrá amparar en el art.249 LCT? Capaz que suene mal, porque no es específicamente el caso, pero la jubilación es como una muerte en sentido laboral. Para el trabajador extingue la relación laboral... y para el empleador que se jubila? Gracias por los aportes que pudieran realizar.