Buenos días colegas, estoy dando mis primeros pasos en la profesión y me ha surgido un problema. Tengo una clienta que alquila un inmueble hace 4 meses. La pared de su dormitorio tiene humedad, y desde la inmobiliaria prometieron repararla, aunque pasa el tiempo y no lo hacen. Ya llevamos 2 presupuestos de reparación a la inmobiliaria para que le informen al dueño. El dueño mando a otra persona para que presupueste, aunque alguien que impermeabilizaba techos, osea que no tenia nada que ver con el problema. Ahora quiso mandar a otra persona aunque pasan los días y la persona no aparece ni se comunica para coordinar una visita para presupuestar. En los últimos días fui con mi clienta 4 veces a la inmobiliaria, y siguen -a mi entender- buscando cosas para dilatar el arreglo.
Las dudas que se me plantean son: Primero que el contrato tiene una clausula en la que se exime al locador de sus obligaciones - las del CCyC art 1201/1203 -, esta clausula para mi es abusiva y no tienen ninguna valides, mas teniendo en cuenta que en ningún momento me la mencionaron desde que iniciamos los reclamos, pero me queda la duda de si esto realmente es así para el caso de tener que iniciar un reclamo judicial. Segundo, y relacionada con la primer duda, si la clausula no fuese valida la solución mas rápida seria retener los alquileres y realizar las reparaciones previa intimación al locador para que las realice y ante su negativa o falta de respuesta; ¿sirve realmente esto o me va a generar mas problemas que soluciones? pensando sobre todo en que puedan intimar a mi clienta a que pague los alquileres.
Desde ya muchas gracias por el tiempo y las posibles respuestas.
Las dudas que se me plantean son: Primero que el contrato tiene una clausula en la que se exime al locador de sus obligaciones - las del CCyC art 1201/1203 -, esta clausula para mi es abusiva y no tienen ninguna valides, mas teniendo en cuenta que en ningún momento me la mencionaron desde que iniciamos los reclamos, pero me queda la duda de si esto realmente es así para el caso de tener que iniciar un reclamo judicial. Segundo, y relacionada con la primer duda, si la clausula no fuese valida la solución mas rápida seria retener los alquileres y realizar las reparaciones previa intimación al locador para que las realice y ante su negativa o falta de respuesta; ¿sirve realmente esto o me va a generar mas problemas que soluciones? pensando sobre todo en que puedan intimar a mi clienta a que pague los alquileres.
Desde ya muchas gracias por el tiempo y las posibles respuestas.