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 #799931  por dravicka
 
Buenos dias colegas: estoy con un caso donde intimamos a la empresa por el 248 LCT y seguros de vida obligatorio. Tengo una duda ademas del seguro 1567/74, tambien se reclama el seguro CCT 130/75 o este es obligatorio solo para los empleados de comercio? El Sr.que fallecio era camionero, el reclamo lo hace la concubina.
Otra cuestion: en el dia de ayer la empresa recibio el telegrama,en caso de que no contesten debo pedir seclo o enviar otro tlc?
Mil gracias.
 #803426  por Le26
 
El seguro del CCT 130/75 La Estrella solo se aplica a comercio y se tramita ante la aseguradora, solo podes reclamarlo al empleador si éste no hace los aportes.
Después del primer telegrama, espera unos días y mandalo al SeCLO así podes acelerar el reclamo. Total, si hay un conflicto es medio dificil que la empresa pague sin asegurarse una homologación. Saludos
 #804094  por dravicka
 
Hola gracias por responder.voy a pedir seclo gracias de nuevo.
Le26 escribió:El seguro del CCT 130/75 La Estrella solo se aplica a comercio y se tramita ante la aseguradora, solo podes reclamarlo al empleador si éste no hace los aportes.
Después del primer telegrama, espera unos días y mandalo al SeCLO así podes acelerar el reclamo. Total, si hay un conflicto es medio dificil que la empresa pague sin asegurarse una homologación. Saludos
 #805036  por luc929
 
Lee por las dudas el Convenio Colectivo por si te corresponde otro seguro. Por ej yo tuve un caso parecido que se aplicaba el convenio de embarcados y tienen un seguro equivalente a 50 sueldos del basico de marinero de cubierta, asi que chequea por las dudas. Tambien fui por la concubina y la muerte fue por causas naturales en su domicilio (para que no pienses que fue por accidente en el trabajo). Suerte!
 #806695  por simpleestudiante
 
Tal cual te dijeron el seguro la estrella solo comercio, pero fijate si por el cct q aplicas no le corresponde algun otro seguro.
yo enviaria otro telegrama "atento silencio anterior reitero" y ahi mismo pido SECLO.

suerte.
 #1147321  por Romitesta
 
Hola. Leyendo este post, tengo un caso similar con una concubina que el empleador amparándose en que el fallecido era casado pero separado de hecho no le paga por temor a que la ex esposa le reclame. Tampoco consigna el pago judicialmente.
Pensaba intimar y poner a disposición la documental que demuestra el concubinato. No tenian información sumaria de convivencia previa al fallecimiento.
Agradeceré alguna sugerencia.
Muchas Gracias.